CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Tutela No. 40.313 PEDRO LEÓN BARAJAS LEÓN Corte Suprema de Justicia CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL Magistrado Ponente: DR. SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ Aprobado Acta No. 12 Bogotá D.C., veintidós de enero de dos mil nueve. VISTOS Decide la Sala sobre el trámite a la demanda de tutela interpuesta por PEDRO LEÓN BARAJAS HERNÁNDEZ, en procura de protección de la garantía fundamental de petición, vulnerada, según afirma, por la PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA.
ANTECEDENTES El accionante manifiesta que durante los dos últimos años ha elevado algunas quejas y denuncias –cerca de 100- ante la Presidencia de la República, sin que a la fecha de presentación de su escrito tutelar haya recibido respuesta alguna. PARA RESOLVER SE CONSIDERA Del tenor de la demanda de tutela y de las copias que aporta, se deduce que la acción se encuentra dirigida de manera exclusiva contra el Presidente de la República, autoridad pública del orden nacional.
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1382 de 2000, artículo 1, numeral 1: “1. Las acciones de tutela que se interpongan contra cualquier autoridad pública del orden nacional, salvo lo dispuesto en el siguiente inciso, serán repartidas para su conocimiento, en primera instancia, a los Tribunales Superiores de Distrito Judicial, Administrativos y Consejos Seccionales de la Judicatura” Por tanto, en este caso, debe remitirse la presente demanda a la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, como asunto de su competencia. En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN PENAL,
RESUELVE
REMITIR, por competencia, la acción de tutela propuesta por PEDRO LEÓN BARAJAS HERNÁNDEZ, al TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTA – SALA PENAL-. INFORMAR la anterior decisión al accionante. CÚMPLASE SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ ALFREDO GÓMEZ QUINTERO AUGUSTO IBÁÑEZ GUZMÁN TERESA RUIZ NÚÑEZ Secretaria