CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Tutela 34540 ALVARO DAVID POSADA NUÑEZ CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS No. 1 MAGISTRADO PONENTE AUGUSTO IBÁÑEZ GUZMÁN Aprobado Acta No.255 Bogotá, D. C., trece (13) de diciembre de dos mil siete (2007). ASUNTO Se pronuncia la Sala sobre la competencia para conocer de la acción de tutela instaurada por el señor ALVARO DAVID POSADA NUÑEZ contra la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral.
FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN El actor, acude a la tutela con el fin de obtener la protección de su derecho fundamental al debido proceso y, por esa vía, que se deje sin efecto la sentencia proferida por la Sala Tribunal Superior de Barranquilla, que revocó el fallo dictado por el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de esa ciudad y, en su lugar absolvió de los cargos al Instituto de los Seguros Sociales.
CONSIDERACIONES La Sala Penal de ésta Corporación se abstendrá de conocer la petición de amparo, en razón a que el competente para decidirla es la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, tal como se expone a continuación: El numeral 2° del artículo 1° del Decreto 1382 de 2000, dispone: 2. Cuando la acción de tutela se promueva contra un funcionario o corporación judicial, le será repartida al respectivo superior funcional del accionado.
Si se dirige contra la Fiscalía General de la Nación, se repartirá al superior funcional del juez al que esté adscrito el fiscal. (Subrayas fuera del texto original). Si bien es cierto que el accionante anuncia al comienzo de su escrito que la tutela se dirige contra la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en el texto de la demanda se refiere, única y exclusivamente, a las decisiones proferidas en primera y segunda instancia por el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Barranquilla y el Tribunal Superior de la misma ciudad, cuya providencia proferida el 29 de junio de 2007 es la cuestiona por vía de tutela y pretende que se deje sin efectos.
En este orden de ideas, el competente para decidirla es la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en calidad de superior funcional del accionado. En consecuencia, se le remitirá el proceso para lo pertinente. En mérito de lo expuesto, el suscrito Magistrado de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, RESUELVE Remitir a la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia Penal, el expediente contentivo de la acción de tutela interpuesta por ALVARO DAVID POSADA NUÑEZ, al cual se le informará de inmediato sobre la presente decisión.
COMUNÍQUESE y CÚMPLASE AUGUSTO IBÁÑEZ GUZMÁN Magistrado Ponente SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ ALFREDO GÓMEZ QUINTERO Magistrado Magistrado TERESA RUIZ NÚÑEZ Secretaria 1 3