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T-33458 (04-10-07) Vs. Fiscalía Delegada ante la Corte Suprema. Remite a la Sala de Casación CivilCorte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2007

Magistrado ponente: Yesid Ramírez Bástidas

República de Colombia Tutela de primera instancia T. 33458 ALVARO ARAUJO CASTRO - Agente oficioso Corte Suprema de Justicia PAGE 4 República de Colombia Tutela de primera instancia T. 33458 ALVARO ARAUJO CASTRO - Agente oficioso Corte Suprema de Justicia CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE DECISIÓN PENAL DE TUTELAS Magistrado Ponente: YESID RAMÍREZ BASTIDAS Aprobado Acta N°189.

Bogotá, D. C., octubre cuatro (4) de dos mil siete (2007). VISTOS: Se pronuncia la Sala acerca de la competencia que le asiste para conocer en primera instancia de la acción de tutela instaurada por Sara Araujo Castro quien dice actuar en calidad de agente oficioso de su hermano ALVARO ARAUJO CASTRO contra el titular de la Fiscalía Once Delegada ante la Corte Suprema de Justicia.

ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN: El agente oficioso atrás referenciada acude al juez de tutela para que previo los trámites pertinentes se le protejan a su hermano ALVARO ARAUJO CASTRO los derechos fundamentales a la vida, dignidad humana e integridad personal y ordene a la entidad accionada suspender la medida de aseguramiento de privación de la libertad conforme a las previsiones establecidas en el numeral 3° del artículo 362 del Código de Procedimiento Penal, y permita que el procesado continúe recibiendo el tratamiento médico que requiere en su lugar de residencia. CONSIDERACIONES DE LA SALA: 1.

La parte pertinente del artículo 44 del Reglamento General de esta Corporación, adicionado por el artículo 1 del Acuerdo número 001 del 2002, precisa que: “La acción de tutela dirigida contra uno o varios Magistrados de la misma Sala de Casación Especializada, o contra la respectiva Sala, se repartirá a la Sala de Casación que siga en orden alfabético”. 2.

Como quiera que el funcionario judicial accionado es un Fiscal Delegado ante la Corte Suprema de Justicia y es cuestionado por abstenerse de proferir una decisión de índole judicial, se impone concluir que la solicitud de amparo no puede correr suerte distinta a la de las acciones de tutela interpuestas contra esta Sala de Casación Penal, toda vez que esta Corporación en pasado oportunidad precisó que: “ En torno a los Fiscales Delegados ante la Corte, en todo caso conocerá la Sala Civil de esta corporación, dado que aquéllos ejercen sus funciones ante la Sala Penal, a menos que por asignación especial que eventualmente haga el Fiscal General en ejercicio de la facultad reglada por el num. 4º del artículo 115 del C.P.P., su función temporal la ejerzan ante autoridad distinta de la Corte, caso en el cual conocerá de la tutela el superior funcional del juez o corporación ante quien actúe transitoriamente el fiscal delegado ”.

Así las cosas y como la presente acción tutela está dirigida contra un Fiscal Delegado ante la Corte Suprema de Justicia, lo procedente es remitir de inmediato las diligencias a la Sala de Casación Civil, por competencia, para el trámite a que haya lugar. A mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Decisión Penal de Tutelas,

RESUELVE

1. REMITIR las diligencias a la Sala de Casación Civil de esta Colegiatura, por competencia. Y, 2. COMUNICAR lo aquí decidido al accionante. CÚMPLASE YESID RAMÍREZ BASTIDAS MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE LEMOS JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS TERESA RUIZ NÚÑEZ Secretaria � CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, Auto No.15271 del 12-12-03 PAGE