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T-32719 (27-09-07) Recurso de reposición en tutelaCorte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2007

Magistrado ponente: Sigifredo De Jesús Espinosa Pérez

Decreto 2591 de 1991

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Tutela No. 32.719 GILBERTO ALFONSO BALAGUERA SOTO PAGE 2 República de Colombia Corte Suprema de Justicia Tutela No. 32.719 GILBERTO ALFONSO BALAGUERA SOTO CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL Bogotá D. C., veintisiete de septiembre de dos mil siete El señor GILBERTO ALFONSO BALAGUERA SOTO, manifestó que recurre en reposición la providencia del 13 de septiembre del presente año, por la que esta Corporación resolvió decretar la nulidad de lo actuado por falta de legitimidad activa y rechazó la demanda de la que conoció en primera instancia la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, entidad que negó la tutela interpuesta por el actor contra la Comisión de Investigación y Acusaciones de la Cámara de Representantes.

Frente a un tal pronunciamiento la petición del libelista deviene abiertamente improcedente, como quiera que en este caso no se ha proferido fallo de fondo, pues, de conformidad con lo normado en los artículos 86, inciso 2° de la Constitución Política, 31 y 32 del Decreto 2591 de 1991, la impugnación está consagrada para las sentencias de tutela, valga decir, cuando por decisión de mérito se ha definido acerca de la existencia o inexistencia de la violación o amenaza de la garantía constitucional fundamental cuya protección se reclama, y si hay lugar o no al restablecimiento del derecho conculcado o en riesgo de serlo, que no es la situación ocurrida en este evento.

En consecuencia, se deniega la solicitud impetrada. Por la Secretaría de la Sala procédase al archivo de la actuación. Comuníquese y cúmplase. SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ Magistrado TERESA RUIZ NÚÑEZ Secretaria