Micelio
T-32632 (14-08-07) Remite al TribunalCorte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2007

Magistrado ponente: María Del Rosario González De Lemos

Decreto 1382 de 2000

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA TUTELA N° 32632 República de Colombia RAFAEL GALVIS VERGEL Corte Suprema de Justicia TUTELA N° 32632 República de Colombia RAFAEL GALVIS VERGEL Corte Suprema de Justicia CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS N° 2 Magistrada Ponente: MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE LEMOS Aprobado Acta N° 145 Bogotá, D.C., agosto catorce (14) de dos mil siete (2007).

Sería del caso que la Sala avocara conocimiento y decidiera la acción de tutela interpuesta por RAFAEL GALVIS VERGEL, en procura de amparo para sus derechos fundamentales, de no ser porque se advierte que la competencia para conocer de la demanda no radica en la Corte Suprema de Justicia, por las siguientes razones: 1. La solicitud de amparo fue presentada por el mencionado ciudadano, en contra del Juzgado Cuarto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Valledupar por razón de las providencias a través de las cuales le ha negado la prisión domiciliaria. 2.

Mediante constancia que antecede se estableció que si bien en contra de un proveído que data de 5 de diciembre de 2005, interpuso apelación, la misma fue declarada extemporánea, en tanto que respecto de la última providencia proferida por el juzgado accionado, no ejerció el derecho de contradicción por vía de los recursos ordinarios. 3. En virtud de lo anterior, de conformidad con las previsiones del artículo 1°, numeral 1° e inciso último del Decreto 1382 de 2000, la competencia para conocer de la solicitud de amparo radica en el Tribunal Superior de Valledupar, como quiera que la misma se dirige contra una autoridad judicial de la cual esa corporación es superior funcional.

En atención a lo dicho, a la Sala Penal del Tribunal mencionado, se remitirán de inmediato las diligencias constitucionales para lo de su cargo, respetando la especialidad escogida por el accionante. Comuníquese al accionante esta decisión conforme las previsiones del Decreto 1382 de 2000, artículo 1°, parágrafo único. Cúmplase, MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE LEMOS JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS YESID RAMÍREZ BASTIDAS TERESA RUIZ NUÑEZ Secretaria TUTELA PRIMERA INSTANCIA 32632 ACCIONANTE: Rafael Galvis Vergel ACCIONADO: Juzgado 4 Ejecución Penas y Med Seg.

Villedupar ASUNTO: 1. Accionante en calidad sentenciada, cuestiona las providencias por medio de las cuales le ha negado la prisión domiciliaria. DECISIÓN DE PRIMERA INSTANCIA Establecido que el Tribunal Superior de Valledupar no está involucrado en los hechos de la demanda de tutela, se disponer remitir la demanda de tutela por competencia a esa Corporación. SALA: AGOSTO 14 VENCE: AGOSTO 16 8 3