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T-31709 (28-06-07) rebaja artículo 70 Ley 975-sin requisitosCorte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2007

Magistrado ponente: Álvaro Orlando Pérez Pinzón

Ley 975 de 2005

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA TUTELA 1ª instancia 31.709 YESSID RIVERA DÍAZ TUTELA 1ª instancia 31.709 YESSID RIVERA DÍAZ CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL -SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS Nº 1- MAGISTRADO PONENTE ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN APROBADO ACTA No.110 Bogotá, D. C., veintiocho (28) de junio de dos mil siete (2007). ASUNTO La Sala resuelve la acción de tutela interpuesta por Yessid Rivera Díaz contra el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Tunja y el Tribunal Superior del Distrito Judicial de la misma ciudad.

ANTECEDENTES 1. Hechos y la tutela interpuesta El peticionario se encuentra privado de su libertad en el establecimiento penitenciario y carcelario de alta y mediana seguridad de Cómbita, cumpliendo la condena impuesta por el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Bogotá por el delito de secuestro extorsivo, en concurso con porte ilegal de armas de fuego de uso privativo.

Ante el Juzgado Segundo de Ejecución solicitó la rebaja de pena de una décima parte, conforme a lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley 975 de 2005, pero ello le fue negado por auto del 27 de diciembre de 2006, confirmado el 2 de febrero de 2007 por el Tribunal Superior. Reiteró nuevamente su petición y, por interlocutorio del 22 de mayo de 2007, el Juzgado volvió a negar la rebaja, esta vez con el argumento que se estaba a lo resuelto en la providencia del Tribunal Superior antes relacionada.

El actor siente lesionado su derecho a la igualdad, pues no sabe de qué otra manera puede probar su situación de pobreza y, por ende, su incapacidad para cancelar la indemnización. Solicita se ordene al juzgado accionado proceder a realizar la rebaja correspondiente. 2. La respuesta de los demandados 2.1. La Juez comunicó que el 27 de diciembre de 2006 negó la rebaja pretendida porque el sentenciado no cumplió con los requisitos exigidos por el artículo 70 de la Ley 975 de 2005.

Su decisión fue confirmada por el Tribunal Superior el 2 de febrero de 2007. Sin embargo, frente a nueva solicitud en el mismo sentido, dictó proveído del 22 de mayo del año en curso, en el que indicó estarse a lo resuelto. Esta decisión fue objeto de recurso de apelación y actualmente se encuentra en traslado para sustentación. CONSIDERACIONES La Sala negará el amparo propuesto por las siguientes causas: De acuerdo con la información suministrada por la titular del Juzgado demandado, contra el auto proferido el 22 de mayo de 2007 el accionante formuló recurso de apelación, y actualmente están corriendo los términos para la correspondiente sustentación. De manera que cuando dentro del ordenamiento jurídico existe otro mecanismo judicial para lograr lo que se pretende por vía de tutela, ésta se torna improcedente.

En ese orden, el actor debe esperar a que los jueces resuelvan los recursos que promueva en contra de la providencia que considera lesiva de sus derechos, y no puede acudir al amparo como herramienta alternativa o sustituta de la ordinaria. De otra parte, es preciso destacar que la Sala no hará pronunciamiento alguno respecto a los interlocutorios del 27 de diciembre de 2006 y 2 de febrero de 2007, que negaron al actor la primera petición de rebaja de pena hecha, pues respecto de ellos el mismo condenado, en ocasión anterior, interpuso acción de tutela que fue fallada de manera adversa a sus pretensiones el 15 de marzo de 2007 por esta Sala de Casación (radicado 29.902).

En mérito de lo expuesto, la Sala de Decisión de Tutelas Nº 1 de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, RESUELVE Primero. Negar la tutela incoada por Yessid Rivera Díaz. Segundo. Ordenar que, si la decisión no es impugnada ante la Sala de Casación Civil de esta Corporación, se remita el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN Magistrado Ponente SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ ALFREDO GÓMEZ QUINTERO Magistrado Magistrado TERESA RUIZ NÚÑEZ Secretaria PAGE 6