República de Colombia Corte Suprema de Justicia Radicado n° 31122 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN Magistrada Ponente Radicación n° 31122 Bogotá, D.C., dieciocho (18) de diciembre de dos mil doce (2012). De conformidad con el Decreto No 1382 de 12 de julio de 2000, esta Corporación es competente para conocer de la acción de tutela incoada, a través de apoderado, por MARÍA RITA SERNA ARENAS, en nombre propio y como agente oficioso de JULIO CESAR GONZÁLEZ LÓPEZ, contra el JUZGADO PRIMERO MUNICIPAL DE PEQUEÑAS CAUSAS LABORALES DE MANIZALES, la cual se hace extensiva al JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO y a la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL, ambos de la misma ciudad.
En consecuencia, se dispone: 1.- Asumir el conocimiento de la acción referenciada. 2.- Tener como pruebas las documentales acompañadas al escrito de tutela. 3.- Correr traslado de las presentes diligencias al funcionario accionado y a los vinculados, para que en el término de un (1) día, si lo consideran pertinente, rindan informe sobre los hechos materia de tutela. 4. - Notificar la presente decisión en la forma prevista en el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991.
Entérese a los intervinientes en el proceso ordinario laboral adelantado por Andrés Felipe Cardona Cardona contra los accionantes, para que en el término de un (1) día puedan ejercer el derecho de defensa y de contradicción. En el evento de no constar en la actuación las direcciones correspondientes, las notificaciones y comunicaciones se harán a través de la Secretaría del Despacho donde repose actualmente el expediente. 5.- Reconocer al doctor ARSECIO BOTERO ZULUAGA, como apoderado judicial de los accionantes.
Cumplido lo anterior, vuelva el expediente al Despacho. Notifíquese y cúmplase ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN PAGE 2