CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Tutela 413 ANA MARIA ROBLEDO JARAMILLO República de Colombia Corte Suprema de Justicia TUTELA N° 30.436. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ¡Error!Marcador no definido. SALA DE CASACIÓN PENAL – DECISIÓN DE TUTELAS- Magistrado Ponente: JAVIER ZAPATA ORTIZ Aprobado Acta N°: 45 Bogotá, D. C., veintisiete (27) de marzo de dos mil siete (2007) Sería procedente que la Sala avocara conocimiento y decidiera la acción de tutela interpuesta por el apoderado judicial del sentenciado ÁLVARO BOLAÑOS BOLAÑOS, en procura de amparo al derecho fundamental al debido proceso, empero se evidencia que la competencia para conocer de su solicitud corresponde a la Sala de Casación Civil de esta Corporación. 1.
La acción fue promovida por el apoderado del sentenciado ÁLVARO BOLAÑOS BOLAÑOS, contra la Fiscalía Seccional 22, Juzgado Segundo Penal del Circuito de Pitalito, Sala Penal del Tribunal Superior de Neiva y esta Sala de Casación, al considerar que dichas autoridades han desconocido el derecho fundamental al debido proceso de su representado al acusarlo y sancionarlo en primera y segunda instancia por el delito de “Peculado por Apropiación” en concurso con “Falsedad Ideológica”. 2.
Con fundamento en lo anterior, bien puede concluirse, que la competente para conocer y decidir la tutela impetrada, tal cual se indicó inicialmente es la Sala de Casación Civil conforme lo dispuesto en el Acuerdo 01 del 2002 de la Sala Plena de esta Corporación. En consecuencia, se dispone la remisión del expediente a dicha autoridad para lo de su cargo.
Comuníquese al accionante la decisión adoptada. Cúmplase, JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA MAURO SOLARTE PORTILLA JAVIER ZAPATA ORTIZ TERESA RUIZ NÚÑEZ Secretaria 8 1