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T-29842 (13-02-07) Remite al TribunalCorte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2007

Magistrado ponente: Marina Pulido De Barón

Decreto 1382 de 2000Ley 975 de 2005

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA TUTELA 29842 MAURICIO ANTONIO DONADO CELIN CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ¡Error!Marcador no definido. SALA DE CASACIÓN PENAL SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS N° 2 Magistrada Ponente: MARINA PULIDO DE BARÓN Aprobado Acta N° 16 Bogotá D.C., febrero trece (13) de dos mil siete (2007) Sería del caso que la Sala avocara conocimiento y decidiera el recurso de amparo instaurado por MAURICIO ANTONIO DONADO CELIN, de no ser porque se advierte que la competencia para conocer del libelo no está radicada en esta Corporación, conforme las siguientes consideraciones: 1.

La solicitud de amparo interpuesta por el mencionado ciudadano está dirigida contra el Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Barranquilla, autoridad judicial a la cual atribuye la presunta vulneración de sus derechos fundamentales, por razón de la negativa a concederle la reducción punitiva prevista en el artículo 70 de la Ley 975 de 2005, determinación contra la cual no interpuso recurso alguno. Por dicho motivo no fue conocida en sede de apelación por el Tribunal competente. 2.

En virtud de lo anterior, de conformidad con las previsiones del artículo 1°, numeral 2°, del Decreto 1382 de 2000, la competencia para conocer de la solicitud de amparo radica en el Tribunal Superior de Barranquilla, como quiera que la misma se dirige contra una autoridad judicial de la cual esa Corporación es superior funcional. En atención a lo dicho, al Tribunal aludido se remitirán de inmediato las diligencias constitucionales para lo de su cargo.

Comuníquese al accionante la decisión adoptada. Cúmplase, MARINA PULIDO DE BARÓN JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS YESID RAMÍREZ BASTIDAS TERESA RUIZ NUÑEZ Secretaria