Micelio
T-29258 (16-01-07) Remite al TribunalCorte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2007

Magistrado ponente: Jorge Luis Quintero Milanes

Decreto 1382 de 2000Decreto 2591 de 1991

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Tutela. 29258 10 República de Colombia Corte Suprema de Justicia Tutela 29258 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION PENAL SALA SEGUNDA DE DECISIÓN DE TUTELAS Bogotá D. C., dieciséis (16) de enero de dos mil siete (2007). 1.- Se allega demanda de amparo formulada por el ciudadano RODOLFO CASTRO MONTAÑO, contra el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Medellín, a raíz de su inconformidad con la condena impuesta por el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, lo cual considera que afecta sus garantías constitucionales. 2.- En estas condiciones, para efectos de establecer la competencia de la autoridad que debe conocer la demanda de tutela que se ha presentado ante esta Corporación, se debe partir de lo normado en el Decreto 1382 de 2000, cuando señala que las acciones de tutela contra autoridades judiciales corresponde su conocimiento al superior funcional respectivo, que para el caso del citado despacho judicial no es otro que la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín, ya que el actor no refiere que la sentencia que está cuestionando haya tenido segunda instancia. Así las cosas, conforme a la citada normatividad y atendiendo a lo expuesto se enviarán las diligencias, para que sea allí donde se avoque su conocimiento y se proceda a establecer la ubicación real del expediente, y las autoridades que conocieron del mismo, para conformar debidamente el contradictorio.

Igualmente se comunicará esta decisión al interesado de conformidad con el parágrafo del artículo 2º del Decreto 1382 del 2000 y el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991. Cúmplase, JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS YESID RAMÍREZ BASTIDAS MARINA PULIDO DE BARON TERESA RUIZ NUÑEZ Secretaria PAGE 2