Micelio
T-27056 (04-10-11)Corte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2011

Magistrado ponente: Francisco Javier Ricaurte Gómez

Decreto 1381 de 2000

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia República de Colombia Corte Suprema de Justicia Tutela No. 27056 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL Radicación No. 27056 Magistrado Ponente: FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ Bogotá D. C., cuatro (4) de octubre de dos mil once (2011). De las constancias allegadas a los autos y de los hechos narrados por la señora Beatriz Moreno de Reyes, parte accionante en el sub judice, emerge con claridad que la censura que aquí plantea se dirige exclusivamente en contra del Juzgado Catorce Laboral del Circuito de Bogotá, de manera concreta contra la sentencia dictada por esa judicatura el 29 de enero de 2008, al estimar que no podía tenérsele como pasiva en el citado proceso ordinario laboral, promovido por Graciela Prada Rincón. Y si bien es cierto que la Sala Laboral del Tribunal Superior de este Distrito Judicial dictó, en segunda instancia, proveído del 31 de agosto de 2010 –como lo señaló en auto del 29 de septiembre hogaño, por medio del cual dispuso la remisión de las presentes diligencias para ante esta Colegiatura-, no lo es menos que lo hizo dentro del proceso ejecutivo adelantado a continuación de aquel; actuación y decisión frente a las cuales no expone reparo alguno. Así las cosas, al resultar innecesaria la vinculación del colegiado en cita, incuestionable resulta la falta de competencia de esta Sala de la Corte para conocer del presente asunto, de acuerdo a las reglas trazadas por el Decreto 1381 de 2000; de ahí que sea menester abstenerse de conocer del mismo y disponer, como en efecto se ordena, previas las anotaciones de rigor, su inmediata devolución al tribunal de origen, para los fines constitucionales y legales pertinentes.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ MAGISTRADO PAGE 2