Micelio
T-22354 (09-02-10)Corte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2010

Magistrado ponente: Camilo Humberto Tarquino Gallego

Decreto 2591 de 1991

República de Colombia Corte Suprema de Justicia 1 3 Rad. 22354 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL Radicación Nº.22354 Acta N° 4 Magistrado Ponente: CAMILO TARQUINO GALLEGO Bogotá D.C., nueve (9) de febrero de dos mil diez (2010) Sería el caso de proceder a la admisión de la presente acción de tutela instaurada por JORGE NIÑO contra el TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, de no ser porque se advierte que esta Sala de Casación, con anterioridad, se pronunció sobre las mismas pretensiones del actor en estas diligencias.

ANTECEDENTES Pretende el accionante la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, a la defensa y al trabajo, presuntamente vulnerados por la corporación judicial accionada. De la constancia secretarial, que obra a folio 3 del cuaderno principal, así como de la copia de la sentencia de 9 de diciembre de 2009, se desprende que el actor intenta, nuevamente, y bajo idénticos argumentos la queja constitucional.

Observa esta Sala, coincidencia respecto de la identidad del peticionario, de los hechos y del objeto entre esta acción y la anteriormente presentada. Ahora, ante el fracaso de la petición inicial de tutela, vuelve a proponerla, pese a que su pretensión es la de reexaminar un debate que ya fue dirimido por el juez constitucional. Dado que el remedio procesal para esta clase de irregulares situaciones lo prevé el artículo 38 del Decreto 2591 de 1991 se procederá, de inmediato, al rechazo de la solicitud.

En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, RESUELVE RECHAZAR la solicitud de tutela instaurada por JORGE NIÑO.

NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE CAMILO TARQUINO GALLEGO ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN GUSTAVO JOSE GNECCO MENDOZA EDUARDO LÓPEZ VILLEGAS LUIS JAVIER OSORIO LÓPEZ FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ PAGE 3