Micelio
T-21750 (10-11-09)Corte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2009

Magistrado ponente: Luis Javier Osorio Lopez

Decreto 2591 de 1991

SALA DE CASACIÓN LABORAL República de Colombia Corte Suprema de Justicia PAGE 4 República de Colombia Corte Suprema de Justicia TUTELA 21750 SALA DE CASACIÓN LABORAL LUIS JAVlER OSORIO LÓPEZ Magistrado Ponente Radicación 21750 Acta No. 43 Bogotá D.C., diez (10) de noviembre de dos mil nueve (2009). Decide la Corte sobre la admisión de la acción de tutela instaurada por JOSE BERRIO BARÓN, a través de apoderado, contra la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA MARTA integrada por los magistrados Luz Dary Rivera Goyeneche, Isis Emilia Ballesteros Cantillo, José Pablo Otero Montalvo.

I.

ANTECEDENTES Mediante la presente petición de amparo constitucional, pretende el accionante, la protección de su derecho fundamental al debido proceso, supuestamente vulnerado por la autoridad judicial accionada dentro del proceso ordinario laboral que adelantó contra la sociedad Chief Ltda. II. CONSIDERACIONES En lo que interesa a efectos de decidir sobre la admisión de la presente acción, basta señalar que conforme se observa a folios 4 a 10 del cuaderno de la Corte, lo pretendido a través de esta acción fue ya objeto de decisión por parte de esta misma Sala, que mediante fallo del 20 de abril de 2009 resolvió denegarla.

Resulta que no por dejar de referirse a algunos hechos, incluir otros o hacerse más minucioso su relato, deja de ser ésta, la misma tutela que aquella que ya fue objeto de pronunciamiento, y que al igual que la primera, persigue que se declare la nulidad de todo lo actuado a partir del auto de 18 de diciembre de 2008 dictado por el Tribunal accionado, en el proceso ordinario laboral que promovió contra Chief Ltda. y, en su lugar, se ordene confirmar la sentencia apelada.

Al existir identidad de hechos y objeto entre la ya resuelta y la que ahora vuelven a presentar los interesados, ante el fracaso de la solicitud inicial, se procederá a su rechazo de conformidad con lo establecido por el artículo 38 del Decreto 2591 de 1991, remedio procesal para esta clase de irregulares situaciones. No sobra resaltar que la disposición que prevé el rechazo de acciones como la presente, pretende evitar el abuso del derecho en el ejercicio de la acción de tutela y, de contera, impedir la pluralidad de pronunciamientos sobre una misma situación fáctica y jurídica, como la que aquí se expone, a la vez que conjurar la temeridad y deslealtad de quien a sabiendas de lo infructuoso de su derecho, insiste tozudamente en su accionar.

En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral,

RESUELVE

PRIMERO. - RECHAZAR in limine la acción de tutela interpuesta por JOSÉ BERRIO BARÓN, a través de apoderado, contra la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA MARTA SEGUNDO.- COMUNICAR lo resuelto al interesado. TERCERO.- ORDENAR el archivo del expediente.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE LUIS JAVIER OSORIO LÓPEZ ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA EDUARDO LÓPEZ VILLEGAS FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO MARIA ISMENIA GARCÍA MENDOZA Secretaria 10