CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Rad. No. 19789 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL Magistrada Ponente: ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN Radicación No. 19789 Acta No. 98 Bogotá D. C., tres (3) de diciembre de dos mil siete (2007). El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, remitió la acción de tutela adelantada por Yamileth Calderón García contra el Consejo Nacional Electoral, para que se resuelva la impugnación interpuesta por el asesor jurídico de la accionada contra el fallo del 26 de octubre de 2007.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 31 del Decreto 2591 de 1991, para la impugnación del fallo, como para la formulación de la acción de tutela, es requisito que quien actúe tenga un interés que legitime su intervención. En este asunto el impugnante dice actuar como asesor jurídico de la accionada, y para ello expone: “condición que acredito con los documentos anexos”, sin embargo no acompañó al escrito de folios 58 a 71 ni al presentado con antelación en el que hizo la misma manifestación (folios 46 a 57), el respectivo poder lo que conlleva a la ausencia de legitimación y por consiguiente la imposibilidad para admitir y resolver el recurso.
En estas condiciones resulta inadmisible la impugnación interpuesta y se dispondrá, en cumplimiento de lo ordenado en la parte resolutiva de la sentencia de primera instancia, el envío del expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral,
RESUELVE
PRIMERO. - INADMITIR la impugnación interpuesta por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia. SEGUNDO.- NOTIFICAR esta decisión mediante comunicación telegráfica a todos los interesados y remítase el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA EDUARDO LÓPEZ VILLEGAS LUIS JAVIER OSORIO LÓPEZ FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO ISAURA VARGAS DÍAZ MARIA ISMENIA GARCÍA MENDOZA Secretaria PAGE 2