CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Debido Proceso Tutela 18.420 OMAR JAVIER JEREZ PEREZ CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION PENAL Magistrado ponente: MAURO SOLARTE PORTILLA Aprobado acta No. 095 Bogotá D.C., tres (3) de noviembre de dos mil cuatro (2004). 1. ASUNTO Seria del caso entrar a decidir la acción de tutela interpuesta por el sentenciado OMAR JAVIER JEREZ PEREZ contra el fallo de segunda instancia proferido por el Tribunal Superior de Bucaramanga el 8 de octubre de 2.001, a través del cual confirmó y a su vez redosificó la pena que le impusiera el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Bucaramanga, fijándola en definitiva en 35 años de prisión. Sin embargo, se advierte que la Sala competente para conocer de la acción lo es la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, a donde se enviarán las diligencias.
Lo anterior en razón de que el ahora tutelante presentó demanda de casación contra el fallo de segunda instancia y la Sala Penal de la Corte la inadmitió con fundamento en la inadecuada formulación e indebido desarrollo del cargo por parte del censor. Con ello si bien la Sala en ningún momento entró a conocer el asunto de fondo sí le puso fin a dicho proceso y se dio lugar a que el fallo de segunda instancia adquiriera ejecutoria material e hiciera tránsito a cosa juzgada.
En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el Art. 49 del Reglamento General de la Corporación, modificado pro el Acuerdo 001 de 2.002, la competencia para conocer de ésta acción radica en la Sala de Casación Civil a la cual se remitirá de inmediato las diligencias. Comuníquese al interesado de ésta decisión. CUMPLASE. HERMAN GALÁN CASTELLANOS SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ ALFREDO GÓMEZ QUINTERO EDGAR LOMBANA TRUJILLO ALVARO O. PÉREZ PINZÓN MARINA PULIDO DE BARÓN JORGE L. QUINTERO MILANÉS YESID RAMÍREZ BASTIDAS MAURO SOLARTE PORTILLA TERESA RUIZ NÚÑEZ Secretaria � Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Providencia del 5 de diciembre de 2.002, Radicación 19.853.
M.P. ALVARO ORLANDO PEREZ PINZON. PAGE 1