CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Tutela No. 18188 A. / Álvaro de Jesús Torres Corte Suprema de Justicia República de Colombia Tutela No. 18188 A. / Álvaro de Jesús Torres Corte Suprema de Justicia CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION PENAL Magistrado Ponente: Dr. ALFREDO GÓMEZ QUINTERO Aprobado Acta No. 84 Bogotá, D.C., seis (6) de octubre de dos mil cuatro (2.004).
Una vez más, ALVARO DE JESÚS TORRES VÁSQUEZ acude ante la Corte en pro de obtener el amparo de sus derechos fundamentales que sostiene vulnerados por el Tribunal Superior de Valledupar (artículo 86 de la Carta Política, 1 del decreto 2591 de 1991 y 1 del decreto 1382 de 2000). El demandante insiste en que se le habrían desconocido los principios de favorabilidad y de igualdad al momento de serle aplicadas las disposiciones del nuevo código penal contenido en la Ley 599 de 2000.
El tema objeto de la petición de protección superior fue inicialmente presentado ante el Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Descongestión y el Tribunal Superior de Valledupar, autoridades que se pronunciaron resolviendo sobre el mismo por autos del 9 de noviembre de 2.001 y 19 de febrero de 2.002. Pese a ello, con posterioridad por el mismo motivo acudió a la vía de la salvaguarda constitucional de sus derechos, habiéndose pronunciado esta misma Sala el 29 de octubre de 2.003 (Rad. 15.002 M.P., doctor Yesis Ramírez Bastidas, declarando improcedente la acción intentada y el 4 de agosto del año en curso (Rad.17.413 M.P., doctor Mauro Solarte Portilla), rechazando la tutela pretendida.
Así las cosas, según lo tiene previsto el artículo 38 del decreto 2591 de 1991, cuando sin motivo expresamente justificado, la misma acción sea presentada por igual persona ante varios jueces o tribunales, debe ser rechazada. Siendo ello así, con respaldo en el mencionado precepto la acción que de nuevo postula el demandante será rechazada.
Por lo expuesto, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL, RESUELVE Rechazar de plano la acción interpuesta por ALVARO DE JESÚS TORRES VÁSQUEZ. Infórmese al peticionario de esta decisión. Cúmplase HERMAN GALÁN CASTELLANOS SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ ALFREDO GÓMEZ QUINTERO EDGAR LOMBANA TRUJILLO ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN MARINA PULIDO DE BARÓN JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS YESID RAMÍREZ BASTIDAS MAURO SOLARTE PORTILLA Teresa Ruiz Núñez Secretaria PAGE 4