SALA DE CASACION LABORAL república de Colombia Corte Suprema de Justicia PAGE 2 República de Colombia Corte Suprema de Justicia Tutela 18022 SALA DE CASACION LABORAL Magistrado Ponente LUIS JAVIER OSORIO LOPEZ Bogotá D.E., nueve (9) de mayo de dos mil ocho (2008). Radicación 18022 Alegando la vulneración a los derechos fundamentales de igualdad, debido proceso, mínimo vital y “ pago oportuno y completo de su mesada pensional ”, la señora HERMENEGILDA YALE DE ORTIZ, instauró acción de tutela contra el MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL – Coordinador General de Pensiones del Grupo Interno de Trabajo para la Gestión del Pasivo Social de la Empresa de Puertos de Colombia.
Dispone el Artículo 1°, regla 1° del Decreto 1382 de 2000, que “Las acciones de tutela que se interpongan contra cualquier autoridad pública del orden nacional, salvo lo dispuesto en el siguiente inciso, serán repartidas para su conocimiento, en primera instancia, a los tribunales superiores de distrito judicial, administrativos y consejos seccionales de la judicatura”.
Por lo anterior se dispone remitir el presente asunto al reparto de los Tribunales Superiores del Distrito Judicial de Bogotá, con el fin de que la autoridad judicial competente avoque su conocimiento. Vuelva el expediente a la Secretaría para que proceda de conformidad con lo aquí dispuesto.
NOTIFIQUESE Y CUMPLASE LUIS JAVIER OSORIO LÓPEZ Magistrado MARIA ISMENIA GARCIA MENDOZA Secretaria 1