CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia TUTELA 17.593 JORGE ALBERTO GIL FORERO PAGE República de Colombia Corte Suprema de Justicia TUTELA 17.593 JORGE ALBERTO GIL FORERO CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL Bogotá D.C., diecinueve (19) de agosto de dos mil cuatro (2004). Actuando en su propio nombre, el ciudadano JORGE ALBERTO GIL FORERO interpone acción de tutela denunciando la vulneración a sus derechos fundamentales al debido proceso, defensa, presunción de inocencia, propiedad y domicilio en el asunto penal que culminó con sentencia condenatoria en su contra por el delito de fraude procesal, y ordenó la entrega de un inmueble a Oscar Morales Beltrán, del cual conocieron en su orden, la Fiscalía 765 de la Unidad de Delitos Financieros, un Fiscal de la Unidad Delegada ante los Tribunales Superiores de Bogotá y Cundinamarca, la Juez 40 Penal del Circuito, el Tribunal Superior de Bogotá, y la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. Si bien el accionante, no menciona de manera expresa, como demandada, a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, es lo cierto que en las argumentaciones en que fundamenta la vulneración de los derechos fundamentales cuyo amparo reclama, reiteradamente afirma que todas las autoridades que conocieron de dicho proceso incurrieron en vías de hecho porque no fueron acogidas sus pretensiones que en relación con la propiedad del inmueble en disputa, ni con el momento a partir del cual sería admisible comenzar a contar el término de la acción penal.
Además, similares planteamientos se hicieron en la demanda de casación cuya inadmisión declaró la Corte con ponencia del doctor Edgar Lombana Trujillo, en auto del pasado 2 de junio del año en curso, dentro de la actuación radicada en esta Corporación bajo en el No. 21.484. En tales condiciones, es claro que esta Sala de Casación Penal también es una de las autoridades involucradas en los hechos que motivan la solicitud de tutela, pues la decisión adoptada sobre la demanda de casación presentada en orden a sustentar el recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia de segundo grado, puso fin a la instancia pertinente.
Por lo expuesto, y en atención a lo normado en el artículo 49 del Reglamento de la Corte, modificado mediante Acuerdo 001 de 2002, se dispone lo siguiente: 1. Remítanse las presentes diligencias a la Sala de Casación Civil de esta Corporación. 2. Anéxese copia del auto del 2 de junio pasado, proferido dentro del asunto de casación radicado en la Secretaría de la Sala con el No. 21.484. 3.
Comuníquesele al accionante la decisión aquí adoptada. Cúmplase. HERMAN GALÁN CASTELLANOS SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ ALFREDO GÓMEZ QUINTERO ÉDGAR LOMBANA TRUJILLO ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN MARINA PULIDO DE BARÓN JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS YESID RAMÍREZ BASTIDAS MAURO SOLARTE PORTILLA TERESA RUIZ NÚÑEZ Secretaria PAGE 3 _1135577348.doc