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T-17057 (13-12-06) Remite a la Sala de Casación CivilCorte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2006

Magistrado ponente: Carlos Isaac Nader

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia IMPUGNACIÓN No. 17057 PAGE República de Colombia Corte Suprema de Justicia IMPUGNACIÓN No. 17057 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL Magistrado Ponente: CARLOS ISAAC NADER RADICACIÓN No. 17057 Bogotá D.C., Trece (13) de Diciembre del dos mil seis (2006).

Teniendo en cuenta que el conocimiento de la presente tutela no es de competencia de esta Sala, sino de la Sala de Casación Civil, remítase de inmediato a ésta, previas las comunicaciones del caso.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE CARLOS ISAAC NADER MARÍA ISMENIA GARCÍA MENDOZA Secretaria Sería oportuno resolver sobre la impugnación de tutela interpuesta por William Licha Aljure contra la providencia proferida por la Sala Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio de fecha 19 de octubre de 2006 que denegó la tutela instaurada por Edgar Hernando Oliveros contra el JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO DE VILLAVICENCIO y la INSPECCIÓN DE POLICÍA DEL BARRIO LA ESMERALDA DE LA MISMA CIUDAD, con el fin de que se ordene al juzgado accionado “la revisión ” del proceso ejecutivo laboral instaurado por Rosalba Hernando Carrillo contra la Constructora GON LTDA a fin de determinar si existió fallas procedimientales en la identificación del bien inmueble embargado, secuestrado y rematado dentro de dicho proceso y ordenar la suspensión de la diligencia de entrega del apartamento 101 antes mencionado hasta tanto el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Villavicencio realice la respectiva revisión, sino fuera porque la Sala se percata de su falta de competencia para conocer el asunto, es evidente, entonces, que el conocimiento de la tutela corresponde a la Sala de Casación Civil, en estricta observancia del criterio de competencia funcional, a donde, de inmediato, previas las comunicaciones se remitirán las diligencias para lo de su cargo.

En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral,

RESUELVE

1.- REMITIR por competencia el expediente contentivo de la impugnación formulada, por ROSALBA HERNÁNDEZ CARRILLO HERNÁNDEZ, contra la providencia proferida el 19 de octubre de 2006 por la SALA CIVIL FAMILIA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE VILLAVICENCIO, a la SALA DE CASACIÓN CIVIL, por las razones anteriormente expuestas.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE CARLOS ISAAC NADER GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA EDUARDO LÓPEZ VILLEGAS LUIS JAVIER OSORIO LÓPEZ FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO ISAURA VARGAS DÍAZ MARÍA ISMENIA GARCÍA MENDOZA Secretaria PAGE 3