CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia 1 5 República de Colombia Corte Suprema de Justicia Tutela No. 16728 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL Radicación Nº.16728 Acta No. 79 Magistrado Ponente: CAMILO TARQUINO GALLEGO Bogotá D.C., veinticuatro (24) de septiembre de dos mil siete (2007).
Procede la Sala a resolver sobre la admisión de la demanda de tutela instaurada por ISRAEL RAMÍREZ RODRÍGUEZ, en contra del TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE ARMENIA SALA CIVIL – FAMILIA – LABORAL. El expediente fue remitido a esta Corporación por la Sala Civil – Familia – Laboral del Tribunal Superior de Armenia, la que, por providencia de fecha 11 de septiembre de 2007, dispuso tal medida en razón de ser esta Sala el superior funcional de los falladores accionados.
ANTECEDENTES Señala el accionante haber laborado en el Municipio de Armenia desde el 5 de septiembre de 1986, hasta el 27 de noviembre de 2001 y que, al momento de su retiro, no se le practicó examen médico, pese a haber sufrido pérdidas en su capacidad laboral, con ocasión del trabajo que desempeñaba. Expone que la Junta Regional de Invalidez estableció una perdida de capacidad laboral del 34.85%, decisión que, al ser apelada, modificó el porcentaje en 23.20, por lo que solicitó el reconocimiento y pago de la indemnización por incapacidad permanente parcial, la cual le fue negada por la ARP del ISS, con el argumento de que, para cuando se produjo el retiro no se encontraba afiliado.
Manifiesta haber instaurado demanda ordinaria laboral, con el objeto de llevar a cabo la reclamación, la cual fue negada en primera y segunda instancia, motivo por el cual reclama el amparo y solicita: “ Declarar que tengo derecho al pago de la INDEMNIZACIÓN POR INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL originada en ENFERMEDAD PROFESIONAL ( ) Declarar que con el fallo del TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA DE DECISIÓN CIVIL – FAMILIA – LABORAL DE ARMENIA QUINDÍO se me están violando los derechos a la igualdad, a la seguridad social, al trabajo y a la protección de las personas minusválidas ( ) De acuerdo con lo anterior ordenar revocar el fallo y ( ) ordenar a quien corresponda ( ) el pago de la indemnización por incapacidad permanente parcial a la cual tengo derecho” (Fl. 51 Cuad.
Anexo). En su escrito, omite señalar que presentó demanda de tutela, y declara bajo la gravedad del juramento no haber instaurado recurso constitucional por los mismos hechos. CONSIDERACIONES DE LA SALA Según constancia secretarial, visible a folio 4 del Cuaderno de la Corte, el accionante, con anterioridad, había presentado acción de tutela en contra de la SALA CIVIL – FAMILIA -.
LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE ARMENIA Y LA ADMINISTRADORA DE RIESGOS PROFESIONALES DEL INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES, por idénticos hechos, la cual fue negada mediante providencia de fecha 30 de enero de 2007. De la sentencia de esta Sala, se evidencia la identidad del peticionario, de hechos y de objeto con la presente acción. En ambas aquel solicita se le reconozca la indemnización por incapacidad permanente parcial.
Ahora ante el fracaso de la solicitud inicial de tutela, el accionante insólitamente vuelve a proponerla, sin explicar la razón para ello. Dado que el remedio procesal para esta clase de irregulares situaciones lo prevé el artículo 38 del Decreto 2591 de 1991 se procederá, de inmediato, al rechazo de la solicitud. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, RESUELVE RECHAZAR la solicitud de tutela instaurada por el ciudadano ISRAEL RAMÍREZ RODRÍGUEZ.
NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE CAMILO TARQUINO GALLEGO ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA EDUARDO LÓPEZ VILLEGAS LUIS JAVIER OSORIO LÓPEZ FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ ISAURA VARGAS DÍAZ MARIA ISMENIA GARCÍA MENDOZA Secretaria PAGE 5