SALA DE CASACIÓN LABORAL República de Colombia Corte Suprema de Justicia Rad. No 16718 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL Magistrada Ponente: ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN Rad. No 16718 Bogotá D. C., veinticuatro (24) de septiembre de dos mil siete ( 2007 ). El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Arauca remitió a esta Corporación las diligencias, en las que se presentó un escrito por LUIS CARLOS CHARRY, mediante el cual busca hacer extensivos los efectos de una supuesta nulidad, que dice, se ordenó en una acción de tutela, a otras que tramita ante esa instancia, entre ellas la de radicado 2007-00005 (Tribunal) y 2007-00657 (de la Corte) (folios 122 y 123).
En ese escrito textualmente se expone: “ ASUNTO: Acatar y resolver los recursos de nulidad, de las tutelas de la referencia, y surtir los trámites legales para resolver legalmente las tutelas en primera instancia, de conformidad con la providencia N° RD, 070012208000-2007-00011-01, de la Corte Suprema de Justicia la cual quedo en firme, y dispone legalmente decretar las acciones de nulidad de las acciones de TUTELA de la referencia y con ello me reparen de inmediato todos los daños y perjurios causados, por los funcionarios judiciales, en concierto con todos los accionados”.
“Como lo certifica la DRA. RUTH MARINA DIAZ RUEDA, MP, tutela 2007-00011, 1ª instancia, Sala de Casación Civil Corte Suprema de Justicia, en su providencia, EXP. N° RD, 070012208000-2007-00011-01, Proferida el 8/08/2007, y en la misma le solicita a los magistrados del Tribunal superior de Arauca resolver y dar trámite legal a mi pretensión legal, de conformidad con el recurso de nulidad presentado dentro de la tutela RD, N°, 81-001-22-08-2007-00011”.
Dicho documento se dirigió al referido Tribunal, el cual consideró que, como por auto del 17 de abril de 2007 remitió por competencia, la acción de tutela radicada en esa Corporación bajo el No. 2007 00005, la Corte también debe pronunciarse sobre la aludida solicitud (folios 125 a 126). Según el oficio remisorio de folio 140, éste expediente corresponde a las copias del original de la acción de tutela enviada con la comunicación No. 0698, el día 20 de abril de 2007, del radicado arriba señalado, remitido a la Sala Civil, en la que figura bajo el No. 2007-00657.
No obstante, a este Despacho se allegó equivocadamente el expediente, por reparto, como si se tratara de una nueva acción de tutela, cuando en realidad no lo es, pues se reitera, que se envió por el Tribunal, para resolver una petición respecto a unas tutelas tramitadas ante la Sala Civil de la Corte, entre ellas las reseñadas por Luis Carlos Charry, radicados 070012208000-2007-00011-01 y 2007-00657.
En consecuencia, las diligencias deben remitirse a la Sala Civil. Comuníquese a los interesados esta decisión.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN MARIA ISMENIA GARCÍA MENDOZA Secretaria