CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Tutela 2ª instancia 16.705 HÉCTOR WILLIAM CHIRVA PARRA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL MAGISTRADO PONENTE ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN APROBADO ACTA No. 49 Bogotá, D. C., nueve (9) de junio del dos mil cuatro (2004). VISTOS La Sala se pronuncia sobre la impugnación propuesta por el señor Héctor William Chirva Parra contra el fallo del 2 de abril del 2004, por medio del cual el Tribunal Superior de Bogotá le negó la tutela de sus derechos a la defensa y al debido proceso, reclamada en contra del Juzgado 2° Penal del Circuito de la misma ciudad.
CONSIDERACIONES La Sala se abstendrá de conocer el recurso, porque no adquirió competencia para hacerlo. Véase: 1. La decisión fue proferida el 2 de abril del 2004 y el 12 siguiente se libraron los telegramas por medio de los cuales fue notificada, entre ellos el dirigido al señor Chirva Parra, quien se halla privado de la libertad en la Cárcel Nacional Modelo de Bogotá. 2.
De conformidad con el artículo 31 del Decreto 2591 de 1991, “Dentro de los tres días siguientes a su notificación el fallo podrá ser impugnado”. El actor ejerció ese derecho por medio de escrito entregado el 21 de abril al Tribunal de Bogotá. Para ese momento, el término legal había expirado, lo cual impide a la Sala aprehender la revisión porque su competencia es funcional: deriva de la interposición oportuna del recurso, lo que no ocurrió en este evento.
Consecuente con lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, RESUELVE 1. Abstenerse de conocer la impugnación interpuesta contra el fallo del 2 de abril del 2004, proferido por el Tribunal Superior de Bogotá. 2. Remitir el expediente a la Corte Constitucional para la eventual revisión de la sentencia de primera instancia. Notifíquese y cúmplase.
HERMAN GALÁN CASTELLANOS JORGE ANÍBAL GÓMEZ GALLEGO ALFREDO GÓMEZ QUINTERO ÉDGAR LOMBANA TRUJILLO ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN MARINA PULIDO DE BARÓN JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS YESID RAMÍREZ BASTIDAS MAURO SOLARTE PORTILLA TERESA RUIZ NÚÑEZ Secretaria PAGE 4