CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Radicado 16.686 Tutela Luis Jorge Ramírez Valencia CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL MAGISTRADO PONENTE ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN APROBADO ACTA No. 45 Bogotá, D.C., veintisiete (27) de mayo del dos mil cuatro (2004). ASUNTO Luis Jorge Ramírez Valencia dice que fue condenado –en ausencia- a 28 años de prisión por el Juzgado 2º Penal del Circuito de Facatativá, por el delito de homicidio agravado.
Añade que el Tribunal Superior de Bogotá solamente le rebajó un año. Como siente lesionados sus derechos al debido proceso y a la legítima defensa (sic) pues en ningún momento ha sido escuchado dentro de la actuación, acude a la acción de tutela. CONSIDERACIONES La Sala se abstendrá de conocer este asunto, por falta de competencia. En efecto. 1.
Luis Jorge Ramírez Valencia fue condenado como se ha dicho atrás. 2. Según las informaciones recibidas por el despacho de Facatativá y por los Tribunales de Bogotá y Cundinamarca, el fallo mencionado no fue conocido por esas Corporaciones en 2ª instancia. 3. Como el objeto de la acción exclusivo es el Juzgado 2º Penal del Circuito de Facatativá, es obvio que la Corte carece de competencia, tarea que corresponde, sí, al Tribunal de Cundinamarca, quien funge como superior funcional de aquél. En mérito de lo expuesto, la Sala Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, RESUELVE 1.
Abstenerse de seguir conociendo, por falta de competencia, de la acción de tutela presentada por Luis Jorge Ramírez Valencia. 2. Remitir las diligencias a la Sala Penal del Tribunal Superior de Cundinamarca. Comuníquese y cúmplase. HERMAN GALÁN CASTELLANOS JORGE ANÍBAL GÓMEZ GALLEGO ALFREDO GÓMEZ QUINTERO ÉDGAR LOMBANA TRUJILLO ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN MARINA PULIDO DE BARÓN JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS YESID RAMÍREZ BASTIDAS MAURO SOLARTE PORTILLA TERESA RUIZ NÚÑEZ Secretaria PAGE 4