Doctor República de Colombia Corte Suprema de Justicia Radicación No. 16413 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL Magistrado Ponente: GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA Radicación No. 16413 Acta No. 67 Bogotá, D. C., diecinueve (19) de septiembre de dos mil seis (2006). Sería oportuno resolver sobre la impugnación formulada por ALFONSO LUÍS ENRIQUE NAVARRETE LOZANO contra la providencia proferida el 5 de julio de 2006 por la SALA ÚNICA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE QUIBDÓ, mediante la cual negó la acción de tutela promovida por el impugnante contra el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO de la misma ciudad, si la Sala no se percatara de su falta de competencia para conocer de la misma.
En efecto, como lo que discute el accionante mediante la solicitud de amparo constitucional es la aplicación de la prescripción de la acción penal seguida en su contra, ante el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Quibdó, es evidente, entonces, que el conocimiento de la impugnación corresponde a la Sala de Casación Penal, en estricta observancia del criterio de competencia funcional, a donde, de inmediato, previas las comunicaciones se remitirán las diligencias para lo de su cargo.
En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral,
RESUELVE
1. REMITIR por competencia el expediente contentivo de la impugnación formulada, por ALFONSO LUÍS ENRIQUE NAVARRETE LOZANO contra la providencia proferida el 5 de julio de 2006 por la SALA ÚNICA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE QUIBDÓ, a la SALA DE CASACIÓN PENAL, por las razones anteriormente expuestas.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA CARLOS ISAAC NADER EDUARDO LÓPEZ VILLEGAS LUIS JAVIER OSORIO LÓPEZ FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO ISAURA VARGAS DÍAZ MARÍA ISMENIA GARCÍA MENDOZA Secretaria PAGE 3 _1188289795