CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia República de Colombia Corte Suprema de Justicia Tutela No. 16388 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL Radicación Nº 16388 Magistrado Ponente: FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ Bogotá D. C., veinticuatro (24) de julio del dos mil siete (2007) Sería del caso resolver sobre la admisión de la acción de tutela interpuesta por los señores CARLOS ERNESTO CASTAÑEDA TRUJILLO y JORGE ALBERTO CASTAÑEDA TRUJILLO, quienes dicen actuar como representantes legales de las sociedades FULL DRESS LTDA y LAVANDERIA WASH DRESS respectivamente, en defensa de los derechos fundamentales de éstas, los cuales consideran fueron vulnerados por el JUZGADO VEINTINUEVE CIVIL DEL CIRCUITO de BOGOTÁ, la SALA CIVIL del TRIBUNAL SUPERIOR del DISTRITO JUDICIAL de la misma ciudad y LA SALA DE CASACIÓN CIVIL DE ESTA CORPORACIÓN, dentro del proceso ejecutivo que la Inmobiliaria Ospina y Cia Ltda. les adelantó a las sociedades antes citadas, y en el recurso extraordinario de revisión que presentaron frente a las decisiones tomadas en la referida ejecución, de no ser porque se observa que, dentro del término concedido, mediante auto del 16 de julio de 2007, no demostraron la calidad de representantes legales que los faculte para obrar en nombre y representación de las sociedades accionantes, por lo que se rechazará la acción intentada.
En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley,
RESUELVE
PRIMERO: RECHAZAR la acción de tutela propuesta por CARLOS ERNESTO CASTAÑEDA TRUJILLO y JORGE ALBERTO CASTAÑEDA TRUJILLO en representación de las sociedades FULL DRESS LTDA y LAVANDERIA WASH DRESS contra el JUZGADO VEINTINUEVE CIVIL DEL CIRCUITO de BOGOTÁ, la SALA CIVIL del TRIBUNAL SUPERIOR del DISTRITO JUDICIAL de la misma ciudad, y LA SALA DE CASACIÓN CIVIL DE ESTA CORPORACIÓN.
SEGUNDO: DEVOLVER el escrito de tutela junto con sus anexos a los interesados.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ MARÍA ISMENIA GARCÍA MENDOZA Secretaria PAGE 3