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T-15746 (11-02-04) Órgano LímiteCorte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2004

Magistrado ponente: Álvaro Orlando Pérez Pinzón

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Tutela 1ª instancia 15.746 ROBERTO ROMERO OSPINA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL MAGISTRADO PONENTE ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN APROBADO ACTA No. 10 Bogotá, D. C., once (11) de febrero del dos mil cuatro (2004). VISTOS La Sala se pronuncia sobre la demanda de tutela presentada por el señor Roberto Romero Ospina contra los fallos proferidos el 3 de noviembre del 2000, el 26 de julio del 2002 y el 6 de agosto del 2003, por el Juzgado Quince Laboral del Circuito de Descongestión de Bogotá, el Tribunal Superior de Armenia y la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, respectivamente, despachos que le vulneraron sus derechos al debido proceso, a la defensa y a la igualdad.

LA PETICIÓN El 3 de diciembre de 1997, el actor demandó, por la vía del proceso ordinario laboral, a la Empresa de Energía Eléctrica de Bogotá, por cuanto lo desvinculó sin aplicar el procedimiento previsto en la convención colectiva de trabajo. Los jueces, en las sentencias indicadas, desconocieron esa situación, como su condición de sindicalista y algunas de las pruebas aportadas.

CONSIDERACIONES 1. El demandante dirigió la acción contra las sentencias señaladas anteriormente. En virtud de esas decisiones, quedó en firme la de primera instancia, que absolvió a la empresa de las súplicas del actor. 2. Como la demanda de amparo se dirigió contra un fallo de casación proferido por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, es indispensable su rechazo, como en forma conteste, uniforme y reiterativa lo ha expuesto esta Corporación. En efecto, esas providencias de la Corte son definitivas, puesto que por mandato constitucional –artículos 234 y 235- Ella es el máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria, esto es, actúa judicialmente como organismo límite.

Y esa condición hace que sus providencias no puedan ser revisadas por otra autoridad, lo que las torna intangibles e inmutables pues, como es obvio, la Corte Suprema de Justicia carece de superior jerárquico. Aceptar la posibilidad de que sus fallos sean reexaminados a través del instituto del amparo, o de cualquiera otra vía, significaría desconocer esos mandatos superiores, así como postulados de obligatoria aplicación, por ejemplo el debido proceso, la cosa juzgada y la seguridad jurídica.

Consecuente con lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, RESUELVE 1. RECHAZAR la acción de tutela instaurada por el señor Roberto Romero Ospina contra la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia. 2. Contra esta determinación, no procede ningún recurso. Comuníquese y cúmplase. HERMAN GALÁN CASTELLANOS JORGE ANÍBAL GÓMEZ GALLEGO ALFREDO GÓMEZ QUINTERO ÉDGAR LOMBANA TRUJILLO ÁLVARO O. PÉREZ PINZÓN MARINA PULIDO DE BARÓN JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS YESID RAMÍREZ BASTIDAS MAURO SOLARTE PORTILLA TERESA RUIZ NÚÑEZ Secretaria PAGE 3