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T-15426 (11-12-03) Órgano LímiteCorte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2003

Magistrado ponente: Álvaro Orlando Pérez Pinzón

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA RADICADO 15.426 TUTELA INSARO LIMITADA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL MAGISTRADO PONENTE ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN APROBADO ACTA No. 132 Bogotá, D. C., once (11) de diciembre del dos mil tres (2003). VISTOS Se pronuncia la Sala respecto de la admisión de la demanda de tutela que, a través de apoderado, instauró la sociedad INSARO LIMITADA contra el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Neiva, la Sala Civil – Familia – Laboral del Tribunal Superior de la misma ciudad y la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia.

ANTECEDENTES De acuerdo con los hechos narrados por el accionante, la equivocada determinación de la fecha en que fue notificada la demanda ordinaria laboral presentada por Javier Fernando Lara Peralta contra la sociedad INSARO LIMITADA, condujo a que el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Neiva declarara no probada la excepción de prescripción de las acciones laborales propuesta por el curador ad litem de la demandada, decisión que fue confirmada por el Tribunal Superior de la misma ciudad.

Recurrido el fallo en casación y admitida la demanda correspondiente, la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, por sentencia del 1º. de octubre del 2003, se abstuvo de examinar el cargo porque no se formuló de acuerdo “con los parámetros establecidos en la ley y puntualizados por esta misma corporación”. Considera el demandante que esa decisión, apoyada en la inobservancia de requisitos que la ley no exige, lo mismo que los fallos de instancia, vulneran los derechos fundamentales a un proceso como es debido y de acceso a la administración de justicia. Por ello, interpuso acción de tutela contra las indicadas autoridades judiciales.

CONSIDERACIONES 1. De conformidad con lo dispuesto por el inciso 2º. del numeral 2º. del artículo 1º. del Decreto 1.382 del 2000, en concordancia con el artículo 4º. ibídem y el Acuerdo 001 de la Sala Plena del 7 de marzo del 2002, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia es competente para decidir lo que en derecho corresponda respecto de las acciones de tutela instauradas en contra de la Sala de Casación Laboral. 2.

La Sala rechazará la demanda, porque repetida e invariablemente ha dicho que acciones de tutela como ésta, que se interponen contra decisiones adoptadas por el máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria (artículo 234 de la Constitución Política) en sede de casación, deben ser rechazadas de plano en tanto se actúa como órgano de cierre de la jurisdicción, lo cual implica que por carecer de un superior funcional que pueda asumir la revisión de sus sentencias, éstas sean inmutables e intangibles.

Así lo ha venido reiterando la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia seguidamente, como lo expuso, por ejemplo, en autos del 13 de junio y del 6 de agosto del 2002, con ponencia de los magistrados Jorge Aníbal Gómez Gallego y Édgar Lombana Trujillo, radicados 11.308 y 11.807. En consecuencia, la demanda será rechazada En mérito de lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, RESUELVE 1.

Reconocer personería al doctor Jorge Ignacio Salcedo Galán para representar a la sociedad INSARO LTDA., en los términos del poder conferido. 2. Rechazar la acción de tutela instaurada por la sociedad INSARO LTDA. contra la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia. Notifíquese y cúmplase. YESID RAMÍREZ BASTIDAS HERMAN GALÁN CASTELLANOS JORGE ANÍBAL GÓMEZ GALLEGO ALFREDO GÓMEZ QUINTERO ÉDGAR LOMBANA TRUJILLO ÁLVARO O. PÉREZ PINZÓN MARINA PULIDO DE BARÓN JORGE L. QUINTERO MILANÉS MAURO SOLARTE PORTILLA TERESA RUIZ NÚÑEZ Secretaria PAGE 4