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T-15355 (11-12-03) Rechaza por falta de legitimaciónCorte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2003

Magistrado ponente: Álvaro Orlando Pérez Pinzón

Decreto 2591 de 1991

Tutela 10447 TUTELA 15.355 JORGE ALBERTO VALENCIA MORA. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL Magistrado Ponente Álvaro Orlando Pérez Pinzón Aprobado acta No. 132 Bogotá, D. C., once (11) de diciembre del dos mil tres (2003). ASUNTO En nombre de Jorge Alberto Valencia Mora, una letrada acude a la acción de tutela, invocando los artículos 13, 29 y 31 de la Constitución Política, con el fin de obtener de la Corte la protección del derecho fundamental al debido proceso.

ANTECEDENTES 1. A Jorge Alberto Valencia Mora, se le viene investigando por el delito de homicidio. El proceso ha estado a cargo, en primera instancia, de la Fiscalía Cincuenta y Dos Seccional de la Unidad de Delitos contra la Vida y la Integridad Personal y, en segunda, de la Fiscalía Novena Delegada ante los Tribunales de Bogotá y Cundinamarca. 2.

Estos funcionarios, según el texto de la demanda, a lo largo de la tramitación del proceso han incurrido en varias irregularidades que generan nulidad a partir del cierre de la investigación, por desconocimiento de las normas Constitucionales atrás citadas. CONSIDERACIONES La demanda será rechazada, porque: 1. El Decreto 2591 de 1991, en su artículo 10°, establece: “La acción de tutela podrá ser ejercida, en todo momento y lugar, por cualquier persona vulnerada o amenazada en uno de sus derechos fundamentales, quien actuará por sí misma o a través de representante.

Los poderes se presumirán auténticos”. 2. En la presente acción de tutela, a juzgar por la naturaleza del derecho cuya protección se solicita, quien tiene interés directo en sus resultados es Jorge Alberto Valencia Mora. Es en él, entonces, en quien radica, en principio, la legitimidad de la acción. 3. La profesional del derecho, sin embargo, ha querido actuar a nombre del procesado, quizás con apoyo en su investidura de apoderada dentro del proceso penal que se le sigue al señor Valencia Mora.

Pero como no aportó el poder especial que requiere para actuar en sede de tutela, es obvio que carece de legitimidad para obrar en nombre de aquél. En mérito de lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, RESUELVE Rechazar la demanda de tutela. Notifíquese y cúmplase. YESID RAMÍREZ BASTIDAS HERNAN GALÁN CASTELLANOS JORGE ANÍBAL GÓMEZ GALLEGO ALFREDO GÓMEZ GALLEGO ÉDGAR LOBANA TRUJILLO ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN MARINA PULIDO DE BARÓN JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS MAURO SOLARTE PORTILLA TERESA RUIZ NÚÑEZ Secretaria 1 3