Micelio
T-15244 (04-12-06)Corte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2006

Magistrado ponente: Eduardo Adolfo López Villegas

Decreto 1382 de 2000

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PAGE 2 Tutela 15244 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL MAGISTRADO PONENTE EDUARDO LÓPEZ VILLEGAS Tutela Expediente No. 15244 Acta N° 85 Bogotá D.C., cuatro (4) de diciembre de dos mil seis (2006). Sería oportuno resolver sobre la admisión de la demanda de tutela instaurada por DEISSY YURLEY ECHEVERRIA DÍAZ contra las providencias proferidas el 30 de enero, 3 de mayo y 25 de octubre de 2006, por la SALA CIVIL - FAMILIA – LABORAL – PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE YOPAL y el JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE –MONTERREY- CASANARE, respectivamente, si la Sala no se percatara de su falta de competencia para conocer de la misma.

En efecto, como lo que discute la accionante mediante la solicitud de amparo constitucional es la responsabilidad civil en el proceso penal que por lesiones personales en accidente de tránsito se adelantó en contra de HONORATO RODRÍGUEZ MORA y SANTIAGO BIANCHA MARTÍNEZ ante el Juzgado Promiscuo del Circuito de Monterrey y el fallo que en un acción de esta misma naturaleza profirió la Sala Civil Familia Laboral - Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Yopal, es evidente, entonces, que el conocimiento de la tutela corresponde a la Sala de Casación Penal, en estricta observancia del criterio de competencia funcional, de que trata el numeral 2 del artículo 1º del Decreto 1382 de 2000, a donde, se remitirán las diligencias para lo de su cargo.

En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, R E S U E L V E: 1. REMITIR por competencia el expediente contentivo de la tutela promovida por DEISSY YURLEY ECHEVERRIA DÍAZ contra las providencias proferidas el 30 de enero, 3 de mayo y 25 de octubre de 2006, por la SALA CIVIL - FAMILIA – LABORAL – PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE YOPAL y el JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE –MONTERREY- CASANARE, respectivamente, a la Sala de Casación Penal de esta Corporación, por las razones anteriormente expuestas.

Comuníquese y Cúmplase. Eduardo López Villegas GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA CARLOS ISAAC NADER Luis Javier Osorio López FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO ISAURA VARGAS DÍAZ marÍA ISMENIA GARCÍA MENDOZA Secretaria. República de Colombia � Corte Suprema de Justicia