República de Colombia Corte Suprema de Justicia República de Colombia Corte Suprema de Justicia Tutela No. 14374 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL Magistrado Ponente: CAMILO TARQUINO GALLEGO Radicación No. 14374 Acta No. 47 Bogotá, D.C., diecisiete (17) de julio de dos mil seis (2006) Sería del caso proceder a admitir la acción de tutela instaurada por DARÍO NÚÑEZ MARTÍNEZ, contra las providencias de la SALA LABORAL del TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE SANTA MARTA y el JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DE CIÉNAGA, de fechas 12 de septiembre y 4 de diciembre de 1997 respectivamente, proferidas dentro del proceso especial de fuero sindical -acción de reintegro- que adelantó contra el INSTITUTO COLOMBIANO DE HIDROLOGÍA, METEOROLOGÍA Y ADECUACIÓN DE TIERRAS “HIMAT” hoy “INAT, si no fuera porque aparece probado en el expediente que ya se tramitó otra tutela con identidad de pretensiones, hechos y autoridades judiciales accionadas, radicada bajo en No 12240, en la cual se profirió fallo el 29 de junio de 2005 (folios 3 al 10 del cuaderno de la Corte).
Sobre el punto como el que ocupa la atención de la Sala, en fallo de 31 de enero de 2002, radicación 7339, se consignó lo siguiente: “Precisamente para evitar este tipo de abusos el artículo 38 del Decreto 2591 de 1991 dispuso lo siguiente: ”Cuando, sin motivo expresamente justificado, la misma acción de tutela sea presentada por la misma persona o su representante ante varios jueces o tribunales, se rechazarán o decidirán desfavorablemente todas las solicitudes.” “Tal norma, según lo ha señalado la Corte Constitucional, persigue evitar la ocurrencia de múltiples pronunciamientos a partir de un mismo caso, lo cual de por sí ocasiona un perjuicio para la comunidad ya que se ve afectada la capacidad judicial del Estado como consecuencia de tener que encarar casos idénticos y resueltos en desmedro de la atención que requieren los otros conflictos del resto de la sociedad.
“Por ser esa su teleología, no puede entenderse el citado texto normativo referido únicamente a la presentación simultánea de tutelas, ya que también cobija su presentación sucesiva, pues en este último evento el desgaste judicial es mayor, amén de que atenta contra el instituto de la cosa juzgada”. Por lo anterior, se rechazará in limine la presente acción de tutela.
En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, RESUELVE 1.- RECHAZAR in limine la acción de tutela interpuesta por DARÍO NÚÑEZ MARTÍNEZ, contra la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR Del DISTRITO JUDICIAL DE SANTA MARTA y el JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DE CIÉNEGA. 2.- Comunicar lo resuelto al interesado. 3.- Ordenar el archivo del expediente.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE CAMILO TARQUINO GALLEGO GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA CARLOS ISAAC NADER EDUARDO LÓPEZ VILLEGAS LUIS JAVIER OSORIO LOPEZ FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ ISAURA VARGAS DIAZ MARIA ISMENIA GARCIA MENDOZA Secretaria PAGE 4