República de Colombia Corte Suprema de Justicia Rad. 14220 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL Magistrado Ponente: Camilo Tarquino Gallego Radicación No. 14220 Bogotá D.C., doce (12) de junio de dos mil seis (2006). La acción de tutela presentada ante esta Sala de la Corte, por LUIS FRANCISCO SÁNCHEZ PEÑA, está dirigida contra SALUD TOTAL E.P.S., A.R.P. COLPATRIA y OCI EQUIPOS LTDA. con el fin de obtener la protección constitucional de sus derechos fundamentales a la salud y a la vida.
El artículo 1°, regla No. 1 del Decreto 1382 de 2002, en materia de competencia, establece lo siguiente: “Las acciones de tutela que se interpongan contra cualquier autoridad pública del orden nacional, salvo lo dispuesto en el siguiente inciso, serán repartidas para su conocimiento, en primera instancia, a los Tribunales Superiores de Distrito Judicial, Administrativos y Consejos Seccionales de la Judicatura.
A los jueces del circuito o con categorías de tales, le serán repartidas para su conocimiento en primera instancia, las acciones de tutela que se interpongan contra cualquier organismo o entidad del sector descentralizado por servicios del orden nacional o autoridad pública del orden departamental. A los jueces municipales les serán repartidas para su conocimiento en primera instancia, las acciones que se interpongan contra cualquier autoridad pública del orden distrital o municipal y contra particulares”.
En este orden, con fundamento en la norma precedente, y teniendo en cuenta el domicilio del accionante, se dispone remitir las presentes diligencias al reparto de los Juzgados del Circuito de esta ciudad, con el fin de que se continúe con el tramite correspondiente. Previas las anotaciones de rigor, por la Secretaría de la Sala procédase de conformidad con lo aquí dispuesto.
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