Micelio
T-13294 (16-12-05) Vs. Dirección Ejecutiva de Administración JudicialCorte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2005

Magistrado ponente: Isaura Vargas Diaz

Decreto 2591 de 1991

SALA DE CASACION LABORAL PAGE 3 Tutela 13294 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION LABORAL Magistrada ponente: ISAURA VARGAS DIAZ Tutela No. 13294 Acta No. 109 Bogotá D.C., dieciséis (16) de diciembre de dos mil cinco (2005). Se resuelve sobre la procedencia de la admisión de la acción de tutela impetrada por el ciudadano JAIRO RIVAS RIVAS, contra la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL DE ANTIOQUIA.

I.

ANTECEDENTES El señor JAIRO RIVAS RIVAS instauró acción de tutela contra la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL DE ANTIOQUIA, solicitando con ella, “ampararme los derechos al trabajo, al salario vital y móvil, una vida digna y a la igualdad ordenando a la entidad accionada que en el menor tiempo posible proceda a liquidar el 2.5% en los términos en que está concebido en las normas que fijan el régimen salarial y prestacional de los empleados judiciales desde el año 1994 a la fecha y como consecuencia, pague la diferencia resultante de lo pagado y lo que verdaderamente debió pagar” (folio 6), por considerar que dicha entidad le vulnera los derechos fundamentales enunciados.

II. CONSIDERACIONES DE LA CORTE Examinado el asunto a la luz de las disposiciones legales aplicables al mismo, la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL DE ANTIOQUIA es una entidad del sector descentralizado por servicios del orden nacional, por lo que a términos del artículo 1°, numeral 1, inciso 2, del Decreto 1382 de 14 de julio de 2000, se concluye que la competencia para conocer la acción de tutela que intenta JAIRO RIVAS RIVAS, radica en verdad en el Juez Laboral del Circuito de Medellín. Atendido lo dicho, se remitirá el expediente al citado despacho judicial, para que avoque su conocimiento.

En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral,

RESUELVE

1. REMITIR por competencia el expediente contentivo de la acción de tutela de JAIRO RIVAS RIVAS contra la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL DE ANTIOQUIA, al JUZGADO LABORAL DEL CIRCUITO DE MEDELLIN - REPARTO por las razones anteriormente expuestas. 2. Comunicar a los interesados esta decisión en la forma prevista por el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991.

Comuníquese y Cúmplase. ISAURA VARGAS DIAZ GUSTAVO JOSE GNECCO MENDOZA CARLOS ISAAC NADER EDUARDO LOPEZ VILLEGAS LUIS JAVIER OSORIO LOPEZ FRANCISCO JAVIER RICAURTE GOMEZ CAMILO TARQUINO GALLEGO MARIA ISMENIA GARCIA MENDOZA Secretaria República de Colombia � Corte Suprema de Justicia