SALA DE CASACIÓN LABORAL República de Colombia Corte Suprema de Justicia Rad No 11774 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL Magistrado Ponente: CAMILO TARQUINO GALLEGO Rad. No 11774 Acta No 23 Bogotá, D.C., primero( 1°) de marzo de dos mil cinco (2005). Sería del caso proceder a admitir la acción de tutela instaurada por ALEXANDER OLAYA GUTIERREZ, contra la providencia de la SALA CIVIL FAMILIA del TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE VILLAVICENCIO de fecha 11 de abril de 2002 proferida en el proceso de fuero sindical contra la CAJA DE CREDITO AGRARIO INDUSTRIAL y MINERO en LIQUIDACIÓN, si no fuera porque aparece probado en el expediente que ya se tramitó otra tutela con identidad de pretensiones, hechos y autoridades judiciales accionadas radicaba bajo en No 9071, en la cual se profirió fallo el 20 de mayo de 2003 (fls 49 al 53).
Lo anterior constituye abuso en ejercicio del derecho que le confiere la Constitución y la Ley. Sobre punto como el que ocupa la atención de la Sala en fallo de 31 de enero de 2002, radicación 7339, lo siguiente: “Precisamente para evitar este tipo de abusos el artículo 38 del Decreto 2591 de 1991 dispuso lo siguiente: ”Cuando, sin motivo expresamente justificado, la misma acción de tutela sea presentada por la misma persona o su representante ante varios jueces o tribunales, se rechazarán o decidirán desfavorablemente todas las solicitudes.” “Tal norma, según lo ha señalado la Corte Constitucional, persigue evitar la ocurrencia de múltiples pronunciamientos a partir de un mismo caso, lo cual de por sí ocasiona un perjuicio para la comunidad ya que se ve afectada la capacidad judicial del Estado como consecuencia de tener que encarar casos idénticos y resueltos en desmedro de la atención que requieren los otros conflictos del resto de la sociedad.
“Por ser esa su teleología, no puede entenderse el citado texto normativo referido únicamente a la presentación simultánea de tutelas, ya que también cobija su presentación sucesiva, pues en este último evento el desgaste judicial es mayor, amén de que atenta contra el instituto de la cosa juzgada”. Se rechazará in limine la presente acción de tutela.
En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, RESUELVE 1.- RECHAZAR in limine la acción de tutela interpuesta contra la SALA CIVIL-LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE VILLAVICENCIO. 2.- Comunicar lo resuelto al interesado. 3.- Ordenar el archivo del expediente.
NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE CAMILO TARQUINO GALLEGO GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA CARLOS ISAAC NADER EDUARDO LÓPEZ VILLEGAS LUIS JAVIER OSORIO LOPEZ FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ ISAURA VARGAS DIAZ MARIA ISMENIA GARCIA MENDOZA Secretaria