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T-10164 (05-03-04) Nulidad. Rechaza por actuación temerariaCorte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2004

Magistrado ponente: Isaura Vargas Diaz

Decreto 2591 de 1991

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PAGE 6 Tutela 10164 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL Magistrada Ponente: ISAURA VARGAS DÍAZ Tutela No. 10164 Acta No. 14 Bogotá D. C., cinco (5) de marzo de dos mil cuatro (2004). I. AUTO Resuelve la Corte la solicitud de improcedencia de la presente acción de tutela presentada por CARLOS SIGIFREDO ESLAVA GUTIÉRREZ quien ha venido actuando como representante del accionante WILLIAM RAMÍREZ ESCOBAR(folios 13 y 14 ).

II.

ANTECEDENTES 1º. El señor CARLOS SIGIFREDO ESLAVA GUTIÉRREZ actuando en representación de WILLIAM RAMÍREZ ESCOBAR instauró acción de tutela contra el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia – Caquetá – Sala Civil-Familia y Laboral, y el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de dicha ciudad, al considerar que con la providencia de fecha 17 de enero de 2003 se le vulneró el derecho constitucional al debido proceso y por tanto solicita se declare “sin valor o efecto toda la actuación procesal surtida con ocasión del proceso ejecutivo laboral referido, inclusive desde el mandamiento de pago( )”. 2º.

Por medio de auto de febrero 26 de 2004, esta Corporación admitió la acción impetrada y le reconoció personería jurídica al doctor CARLOS SIGIFREDO ESLAVA GUTIERREZ(Folios 3 y 4). 3º. En escrito que reposa a folios 13 y 14 el apoderado de WILLIAM RAMÍREZ ESCOBAR sostuvo: “ renuncio al mandato conferido por el señor RAMÍREZ ESCOBAR, dada su falta de lealtad para con el suscrito, al ocultar que antes y por los mismos hechos había tramitado acciones de tutela ante la H. Corte Suprema de Justicia ” y para sustentar la dimisión presentó copia del auto radicado con el número 9470 del 26 de agosto de 2003, por medio del cual esta Corporación dispuso rechazar la solicitud de tutela instaurada por WILLIAM RAMÍREZ ESCOBAR debido a que éste había presentado otra tutela contra los mismos funcionarios judiciales basada en iguales hechos, la que fue declarada improcedente por esta Sala en sentencia de julio 8 de 2003, siendo materia de impugnación ante la Sala de Casación Penal.

También pidió “dar cumplimiento a las disposiciones legales sobre la materia que hacen improcedente la tutela que presentara el suscrito, desconociendo los antecedentes referidos”. III. CONSIDERACIONES DE LA CORTE No cabe la menor duda que la presente es la tercera acción de amparo que el quejoso presenta ante los jueces de tutela, existiendo en todas ellas identidad de pretensiones, hechos y autoridades judiciales accionadas; constituyéndose, en consecuencia, en abuso del ejercicio del derecho que le confiere la Constitución Nacional y la Ley.

Se entiende que el rechazo de la acción de tutela consagrado en el artículo 38 del Decreto 2591 de 1991, procede no solamente cuando la misma tutela sea presentada por igual persona ante varios jueces o tribunales de manera simultánea, sino también en los eventos en que se presente por idéntica persona varias veces la misma tutela en forma sucesiva, pues esta última situación va en contravía de la seguridad jurídica y del principio constitucional de la cosa juzgada.

Por lo anterior, habrá de decretarse de oficio la nulidad del auto de fecha 26 de febrero de 2004 en cuanto a la admisión de la presente acción y en consecuencia se rechazará in limine. Como aparece renuncia presentada por el apoderado del accionante, se aceptará en los términos establecidos en su comunicación.

RESUELVE

1. Decretar la nulidad del auto de fecha 26 de febrero del año en lo relacionado con la admisión de la presente acción. 2. Rechazar in limine la solicitud de amparo impetrada por el apoderado de WILLIAM RAMÍREZ ESCOBAR. 3. Acéptese la renuncia del poder presentada por el Doctor CARLOS SIGIFREDO ESLAVA GUTIERREZ, como representante del accionante. 4.

Comunicar lo resuelto a los interesados. 5. Ordenar el archivo del expediente. Cúmplase. ISAURA VARGAS DÍAZ GUSTAVO JOSE GNECCO MENDOZA CARLOS ISAAC NADER EDUARDO LOPEZ VILLEGAS LUIS JAVIER OSORIO LOPEZ LUIS GONZALO TORO CORREA FERNANDO VASQUEZ BOTERO MARIA ISMENIA GARCIA MENDOZA Secretaria República de Colombia � Corte Suprema de Justicia