Micelio
T- 31044 (05-12-2012)Corte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2012

Magistrado ponente: Carlos Ernesto Molina Monsalve

Decreto 2591 de 1991

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia 2 SALA DE CASACIÓN LABORAL 2 Tutela No. 31044 2 Bogotá, D.C., cinco (5) de diciembre de dos mil doce (2012). Por reunir los requisitos legales pertinentes ADMÍTASE la acción de tutela instaurada por la SOCIEDAD CREASALUD LIMITADA contra la SALA DE DESCONGESTIÓN LABORAL CON SEDE EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ y el JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO DE IBAGUÉ. En consecuencia: Téngase en su valor legal la documental aportada con el escrito de tutela.

Córrase traslado de la presente solicitud de amparo constitucional a los accionados, para que, dentro del término de un (1) día, manifiesten las argumentaciones que a bien tengan y ejerzan el derecho de defensa. Se ordena informar de la presente actuación al señor Jorge Alberto Rey Zafra, demandante en el proceso ordinario laboral que originó la acción de tutela que nos 2 Radicado n° 31044 ocupa, para que, si a bien lo tiene, se pronuncie sobre la presente solicitud de amparo constitucional.

Se reconoce personería al abogado ANDRÉS CASTRO LEIVA, con tarjeta profesional número 100997 del Consejo Superior de la Judicatura, para representar a la sociedad accionante en los términos del poder que le fue conferido. Notifíquese a los interesados en la forma prevista en el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE Magistrado