Micelio
T- 18442 (24-07-2008)Corte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2008

Magistrado ponente: Isaura Vargas Diaz

Decreto 1382 de 2000

Tutela No 18442 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION LABORAL Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de julio de dos mil ocho (2008). Atendiendo el hecho de que en el escrito de la acción de tutela de la referencia se excluyó expresamente a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia (folio 7 cuaderno de la Corte), y que las actuaciones contra las cuales se dirige fueron cumplidas por el Juzgado Doce Civil Municipal de Descongestión de Bogotá, el Juzgado Trece Civil del Circuito de Bogotá y la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1o, numeral 2o, del Decreto 1382 de 2000, corresponde su conocimiento a la SALA DE CASACIÓN CIVIL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA y no a ésta Sala, por ello, remítase el expediente de manera inmediata a la misma, para lo de su competencia. Cúmplase.