Micelio
T 7600122030002008-00140-01Corte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2008

Magistrado ponente: Arturo Solarte Rodríguez

Decreto 1239 de 1998Decreto 2591 de 1991Decreto 2668 de 1998Decreto 4040 de 2004Decreto 610 de 1998Decreto 664 de 1999

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Bogotá D., C., dieciséis (16) de junio de dos mil ocho (2008). Ref: Exp. 76001-22-03-000-2008-00140-01 Puesto que hasta el mes de julio de 2006 me desempeñé como Magistrada del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, manifiesto mi impedimento para conocer de la acción de tutela de la referencia instaurada por los Doctores Jorge Eliécer Mosquera Trejos y Eudoro Fabián Vallejo Cabrera Magistrados del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali contra los Ministerios del Interior y de Justicia, Hacienda y Crédito Público, la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, y la Dirección Seccional de Administración Judicial de Villavicencio, en la que solicitan que “se ordene a las entidades accionadas cancelar nuestro sueldo conforme lo establece el Decreto 610 de 1998, mensualmente y por nómina, en armonía con el Decreto 1239 de 1998 y las Leyes 10 de 1987 y 63 de 1988, esto es, el 80% de todo lo que devenguen los Magistrados de las Altas Cortes, a partir del primero de enero del 2001, es decir, con el respectivo retroactivo dejado de pagar y su correspondiente indexación” (folio 34, negrilla fuera de texto).

Este impedimento corresponde a la hipótesis contemplada en el artículo 56-1 del Código de Procedimiento Penal. En consecuencia, se ordena pasar el expediente al despacho del Magistrado que se encuentre en turno, para lo de su cargo. Cúmplase RUTH MARINA DÍAZ RUEDA Magistrada PAGE 2 Exp. 2008-00140-01