Micelio
T 6800122130002007-00401-01Corte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2008

Magistrado ponente: Arturo Solarte Rodríguez

Decreto 1239 de 1998Decreto 2591 de 1991Decreto 2668 de 1998Decreto 4040 de 2004Decreto 610 de 1998Decreto 664 de 1999

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Bogotá D., C., cuatro (4) de abril de dos mil ocho (2008). Ref: Exp. 68001-22-13-000-2007-00401-01 Puesto que hasta el mes de julio de 2006 me desempeñé como Magistrada del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, manifiesto mi impedimento para conocer de la acción de tutela de la referencia instaurada por algunos de los Magistrados del Tribunal Administrativo de Bucaramanga contra los Ministerios del Interior y de Justicia, Hacienda y Crédito Público, el Consejo Superior de la Judicatura - Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, y en la que solicitan que el pago de sus salarios se realice conforme a lo establecido en el decreto 610 de 1998, en armonía con el Decreto 1239 de 1998, “se incluya el pago de nuestra remuneración mensual correspondiente al 80% de todo lo que por todo concepto perciben los Magistrados de las Altas Cortes” (folio 14).

Este impedimento corresponde a la hipótesis contemplada en el artículo 56-1 del Código de Procedimiento Penal. En consecuencia, se ordena pasar el expediente al despacho del Magistrado que se encuentre en turno, para lo de su cargo. Cúmplase RUTH MARINA DÍAZ RUEDA Magistrada PAGE 2 R.M.D.R. Exp. 68001-22-13-000-2007-00401-01