República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Magistrado Ponente: William Namén Vargas Bogotá D. C., catorce (14) de octubre de dos mil once (2011) Discutido y aprobado en Sala de doce (12) de octubre de dos mil once (2011) Ref.: 540001-22-13-000-2011-00201-01 Por cuanto en este asunto en particular el amparo se promueve contra la Procuraduría General de la Nación representada directamente por el Procurador General de la Nación, se acepta el impedimento manifestado por la Magistrada Ruth Marina Díaz Rueda al tipificarse la circunstancia prevista en el numeral 5° del artículo 56 del Código de Procedimiento Penal, en concordancia con el artículo 39 del Decreto 2591 de 1991.
Por lo expuesto se declara separada del conocimiento de este proceso a la Magistrada impedida y no se designa Conjuez para reemplazarla, porque con los restantes Magistrados integrantes de la Sala, existe quórum suficiente para deliberar y decidir el presente asunto. Notifíquese. FERNANDO GIRALDO GUTIÉRREZ JAIME ALBERTO ARRUBLA PAUCAR PEDRO OCTAVIO MUNAR CADENA WILLIAM NAMÉN VARGAS ARTURO SOLARTE RODRÍGUEZ 36 2 WNV.
Exp. 54001-22-13-000-2011-00201-01