CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Bogotá D., C., catorce (14) de abril de dos mil ocho (2008). Ref: Exp. 54001-22-13-000-2008-00014-01 Puesto que hasta el mes de julio de 2006 me desempeñé como Magistrada del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, manifiesto mi impedimento para conocer de la acción de tutela de la referencia instaurada por la Doctora María Consuelo Caballero Esquivel, Magistrada del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta contra los Ministerios del Interior y de Justicia, Hacienda y Crédito Público, la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, y en la que solicita que se ordene a las Entidades demandadas “que el pago de mi sueldo correspondía conforme lo establece el Decreto 610 de 1998, mensualmente, en armonía con el Decreto 1239 de 1998 y las leyes 10 de 1987 y 63 de 1988.
Es decir, se ha debido cancelar el 80% de todo lo que devengaban los Magistrados de las Altas Cortes, para el año 2003 ” (folios 92 y 93, negrilla fuera de texto). Este impedimento corresponde a la hipótesis contemplada en el artículo 56-1 del Código de Procedimiento Penal. En consecuencia, se ordena pasar el expediente al despacho del Magistrado que sigue en turno, para lo pertienente.
Cúmplase RUTH MARINA DÍAZ RUEDA Magistrada PAGE 2 R.M.D.R. Exp. 54001-22-13-000-2008-00014-01