Micelio
T 30914 (19-11-12)Corte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2012

Magistrado ponente: Carlos Ernesto Molina Monsalve

Decreto 2591 de 1991

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL Tutela No. 30914 Bogotá, D.C., diecinueve (19) de noviembre de dos mil doce (2012). Por reunir los requisitos legales pertinentes ADMÍTASE la acción de tutela instaurada por EDWIN ALFREDO NAVARRO contra la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUCARAMANGA. En consecuencia: Téngase en su valor legal la documental aportada con el escrito de tutela.

Córrase traslado de la presente solicitud de amparo constitucional a los accionados, para que, dentro del término de un (1) día, manifiesten las argumentaciones que a bien tengan y ejerzan el derecho de defensa. Se ordena informar de la presente actuación al señor Jaime Orlando Cañón Flechas, demandado en el proceso ordinario laboral que originó la acción de tutela que nos ocupa y al Juzgado Primero Laboral del Circuito de Bucaramanga que conoció la primera instancia en el citado Radicado n° 30914 proceso, para que, si a bien lo tienen, se pronuncien sobre la presente solicitud de amparo constitucional.

Se reconoce personería al abogado JUAN CARLOS CELIS ARIZA, con tarjeta profesional número 122169 del Consejo Superior de la Judicatura, para representar al accionante en los términos del poder que le fue conferido. Notifíquese a los interesados en la forma prevista en el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991. Magistrado CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE