CORTE SUPREMA DE JUSTICIA MAV - 20000010 2 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Sala de Casación Civil Bogotá D. C., treinta (30) de enero de dos mil uno (2001). Ref.: expediente No. 20000010 El Juzgado 11 Civil Municipal de Bogotá considera que ha entrado en conflicto de competencia con la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, con ocasión de la acción de tutela de Arcenio Arciniegas Borja y otro contra Almadelco en liquidación, para cuya definición ha enviado el expediente a esta Corporación. Sin embargo, no es a ésta a quien correspondería dirimirlo, por supuesto que la eventual colisión involucra dos autoridades del mismo distrito judicial, razón por la cual el competente para pronunciarse sobre el punto es el Tribunal Superior de Bogotá. La competencia de la respectiva Sala de Casación o de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia en estas materias, está dada por los artículos 16, inciso final, y 18, inciso primero, de la ley 270 de 1996, los cuales parten del supuesto de que las autoridades de la jurisdicción ordinaria en conflicto, pertenezcan a distritos judiciales distintos.
En consecuencia, remítase de inmediato el expediente al Tribunal Superior de Bogotá para lo de su cargo. Cúmplase. Manuel Ardila Velásquez