CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL Incidente Desacato No. 18898 Bogotá, D. C., cuatro (4) de febrero de dos mi nueve (2009). Dese trámite al incidente de desacato de desacato presentado por ARTURO DE JESÚS RUÍZ, dentro de la acción de tutela que adelantó contra la SALA LABORAL DEL TMBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN y el JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO de la misma ciudad. 1.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 27 y 52 de Decreto 2591 de 1991, 4° del Decreto 306 de 1992 y 137 del Código de Procedimiento Civil, córrase traslado al JUEZ TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN por el término de tres (3) días, para que pida las pruebas que pretenda hacer valer y acompañe los documentos y pruebas necesarias, relacionadas con el cumplimiento de la sentencia proferida por esta Sala el 7 de octubre de 2008 que dispuso: "ORDENAR al JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación del presente fallo, adelante los trámites necesarios para que se surta el grado jurisdiccional de consulta de la sentencia de primera instancia dictada dentro del proceso ordinario laboral adelantado por ARTURO DE JESÚS RUÍZ contra el INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES". 2.
Notifíquese ésta decisión a las partes, en la forma establecida en el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991. Cumplido lo anterior, regrese inmediatamente el expediente al Despacho.
NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE. ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN MARÍA ISMENIA GARCÍA MENDOZA Secretaria