Tutela 18506 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL Magistrada Ponente: ISAURA VARGAS DÍAZ Tutela No. 18506 Bogotá D.C., cinco (05) de agosto de dos mil ocho (2008). Procede la Corte a resolver sobre la admisión de la acción de tutela presentada por JORGE HERNÁN GÓMEZ GONZÁLEZ, quien dijo actuar corno trabajador asociado y corno Presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa de Trabajadores Vigilantes de Risaralda "COOTRAVIR LTDA"., contra la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pereira, en el trámite del proceso ordinario laboral seguido por JOAQUÍN EMILIO RESTREPO GARCÍA contra COOTRAVIR LTDA. Para efectos de resolver respecto de la admisión de la tutela, se concedió un término de un (1) día a fin de que se diera cumplimiento a lo ordenado en auto de fecha 29 de julio del af-lo en curso, plazo que transcurrió sin que la parte accionante allegara lo solicitado.
Tampoco el peticionario se encuentra legitimado para interponer la acción en cuestión por no ser el titular de los derechos supuestamente conculcados o amenazados por la autoridad judicial accionada. En estas condiciones, se impone rechazar la acción de tutela intentada. Por lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, RESUELVE:
PRIMERO: Rechazar por improcedente ante la falta de legitimación por activa el amparo solicitado por 3ORGE HERNÁN GÓMEZ GONZÁLEZ.
SEGUNDO: Devolver el escrito de tutela junto con sus anexos al petente.
TERCERO: Comunicar a los interesados en la forma prevista por el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991. Notifíquese y Cúmplase. MARIA ISMENIA GARCIA MENDOZA Secretaria