CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil 2 C. J. V. C. exp. 11001 -22- 03 -000-200 9 -00 708 -01 República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Magistrado Ponente: CÉSAR JULIO VALENCIA COPETE Bogotá, D. C., veintiocho (28) de mayo de dos mil nueve (2009).
Ref: 11 001-22- 03 -000-200 9 -00 708 -01 Se decide la adición del fallo de tutela dictado por la Corte el 11 de mayo de los cursantes, presentada por la convocante.
ANTECEDENTES Solicita que se haga pronunciamiento sobre el documento mediante el cual complementó el escrito de tutela y en el que expuso una serie de hechos que, de haber sido tenidos en cuenta, los resultados de la sentencia habrían sido otros. CONSIDERACIONES 1. Habrá lugar a la adición únicamente cuando el fallo omita la resolución de cualquiera de los extremos de la litis, o de otro punto que de conformidad con la ley debía ser objeto de decisión (artículo 311 ibídem).
El supuesto de hecho que esta normatividad consagra no puede hacerse actuar en este caso, por cuanto en la sentencia cuya adición se invoca se hizo pronunciamiento integral de lo pedido en la demanda de amparo, incluso de las argumentaciones planteadas en el escrito presentado el 5 de mayo de 2009 (fol. 26). 3. En consecuencia, se deberá negar lo pedido.
DECISIÓN En mérito de lo expuesto la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Civil NIEGA la adición del fallo de 11 de mayo de 2009. Notifíquese lo aquí resuelto a las partes. WILLIAM NAMÉN VARGAS JAIME ALBERTO ARRUBLA PAUCAR RUTH MARINA DÍAZ RUEDA PEDRO OCTAVIO MUNAR CADENA ARTURO SOLARTE RODRÍGUEZ CÉSAR JULIO VALENCIA COPETE EDGARDO VILLAMIL PORTILLA