Micelio
T 1100122030002008-00266-01Corte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2008

Magistrado ponente: Ruth Marina Díaz Rueda

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Bogotá D., C., diez (10) de abril de dos mil ocho (2008). Ref: Exp. 11001-22-03-000-2008-00266-01 Revisado el expediente contentivo de la acción de tutela de la referencia impetrada por Felipe Guillermo Dávila Varela, se advierte que la petición de amparo está destinada a que se suspenda la diligencia de remate ordenada en el proceso divisorio que da origen a ésta acción pública, dentro del que se la suscrita Magistrada participó, toda vez que integró la Sala de decisión que profirió en sede de apelación la providencia de 2 de marzo de 2006, folios 146 a 151, por la que se confirmó el auto de 26 de agosto de 2005, proferido por el Juzgado Treinta y Nueve Civil del Circuito, en el que decretó la división materia de los inmuebles relacionados en el libelo introductor.

Por lo anterior, en los términos del artículo 56-6 del Código de Procedimiento Penal manifiesto mi impedimento para conocer de dicho trámite, y, en consecuencia, se ordena pasar el expediente al despacho del Magistrado que sigue en turno para lo de su cargo. Cúmplase RUTH MARINA DÍAZ RUEDA Magistrada PAGE 2 R.M.D.R. Exp.11001-22-03-000-2008-00266-01