Micelio
T 1100102040002007-02593-02Corte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2008

Magistrado ponente: Ruth Marina Díaz Rueda

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Bogotá D., C., nueve (9) de abril de dos mil ocho (2008). Ref: Exp. No. 11001-02-04-000-2007-02593-02 Por cuanto suscribí el auto de Sala de 12 de junio de 2007 mediante el cual se inadmitió la demanda de tutela de presentada por Napoleón de Jesús Barraza Lozano frente a la Sala de Casación Penal de esta Corporación, manifiesto mi impedimento para intervenir en el trámite y decisión en el asunto de la referencia, el cual corresponde a la hipótesis contemplada en el artículo 56-6 del Código de Procedimiento Penal y en consecuencia, se ordena pasar el expediente al despacho del Señor Magistrado Pedro Octavio Munar Cadena según lo dispuesto en el auto de 4 de los corrientes (folio 5 del cuaderno de la Corte) Cúmplase RUTH MARINA DÍAZ RUEDA Magistrada PAGE 2 R.M.D.R. Exp.11001-02-03-000-2008-00016-01