Micelio
T 110010203000202010-00043-00Corte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2010

Magistrado ponente: Cesar Julio Valencia Copete

Decreto 1382 de 2000

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Bogotá, D. C., quince (15) de enero de dos mil diez (2010). Ref. exp. 110010203000202010-00043-00 Por cuanto la demanda de amparo constitucional presentada por Fredesvinda Romero Aldana se dirige contra los Juzgados Treinta y Uno y Treinta y Cuatro Administrativos de Bogotá y el Tribunal Administrativo de esta ciudad, el competente para conocer de esa acción es el Consejo de Estado, de conformidad con lo previsto en el artículo 1°, numeral 2°, inciso 2° del Decreto 1382 de 2000.

En consecuencia, se ordena remitir en forma inmediata al mismo el citado escrito para los fines pertinentes. Ofíciese. Comuníquese lo aquí resuelto a la accionante. Cúmplase CÉSAR JULIO VALENCIA COPETE 9 2 CJVC Exp. 1100102030002004-01489-00