CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Magistrado Ponente: William Namén Vargas Bogotá D.C., diecinueve (19) de enero de dos mil once (2011) Discutido y aprobado en Sala de la fecha. Ref.: Exp.: 11001-02-03-000-2010-02289-00 Por cuanto el impedimento manifestado por el Honorable Magistrado Pedro Octavio Munar Cadena mediante auto de 11 del presente mes y año, se encuentra tipificado en el artículo 39 del Decreto 2591 de 1991, en concordancia con el numeral 3º del artículo 56 del Código de Procedimiento Penal, se acepta y se le declara separado del conocimiento de este proceso.
No se designa Conjuez para reemplazar al Magistrado impedido en consideración a que con el resto de Magistrados se constituye quórum suficiente para deliberar y decidir el presente asunto. Notifíquese, RUTH MARINA DÍAZ RUEDA JAIME ALBERTO ARRUBLA PAUCAR FERNANDO GIRALDO GUTIÉRREZ WILLIAM NAMÉN VARGAS ARTURO SOLARTE RODRÍGUEZ EDGARDO VILLAMIL PORTILLA 2 2 WNV. – Exp. 11001-02-03-000-2010-02289-00