CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Magistrado Ponente: William Namén Vargas Bogotá, D. C., nueve (09) de marzo de dos mil diez (2010) Discutido y aprobado en Sala de tres (03) de marzo de dos mil diez (2010) Ref.: 11001-02-03-000-2010-00313 El conflicto negativo de competencia territorial que enfrenta a los Juzgados Promiscuo de Familia de Urrao (Antioquia) y Civil del Circuito de Puerto Tejada (Cauca), para conocer de la acción de tutela interpuesta por María Socorro Plaza contra la AGENCIA PRESIDENCIAL PARA LA ACCIÓN SOCIAL Y LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL –ACCIÓN SOCIAL-, guarda similitud con otros asuntos decididos por la Sala, en los que ha considerado que esta acción constitucional puede instaurarse en cualquiera de los lugares donde adquiera materialidad o pueda producir efectos la actuación u omisión presuntamente lesiva de los derechos fundamentales.
Bajo estos lineamientos, examinada la demanda de tutela en virtud de la cual la accionante pretende obtener protección de los derechos fundamentales a la vida, igualdad, honra, trabajo, educación, entre otros, que estima vulnerados debido a la supuesta negativa de la entidad accionada en dispensar la totalidad de las ayudas de emergencia a que tiene derecho en su condición de desplazada del municipio de Miranda –Cauca, es pertinente decidir el conflicto suscitado atribuyéndole el conocimiento del asunto al Juzgado Promiscuo de Familia de Urrao (Antioquia), por tratarse de una competencia a prevención de conformidad con lo establecido en el artículo 37 del Decreto 2591 de 1991 en concordancia con el inciso 1°, del artículo 1°, del Decreto 1382 de 2000.
Con base en lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Civil, declara que el Juzgado Promiscuo de Familia de Urrao –Antioquia es el competente para conocer de la protección constitucional de la referencia, a donde se dispone remitir el expediente para lo de su cargo. Comuníquese a los despachos involucrados. CÉSAR JULIO VALENCIA COPETE JAIME ALBERTO ARRUBLA PAUCAR RUTH MARINA DÍAZ RUEDA PEDRO OCTAVIO MUNAR CADENA WILLIAM NAMÉN VARGAS AURTURO SOLARTE RODRÍGUEZ EDGARDO VILLAMIL PORTILLA